Bases Ayudas a Pymes 2020 2022-12-02 19:19:00
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Descripción
Conjunto de líneas de subvenciones municipales dirigidas a pymes, emprendedores y comerciantes del municipio de Cabra para fomentar la creación de empresas, la contratación por cuenta ajena, el emprendimiento joven (hasta 35 años), de mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género, la implantación en polígonos industriales, la modernización del tejido comercial, la eliminación de barreras arquitectónicas y la atención a situaciones excepcionales (catástrofes, epidemias, estados de alarma), mediante ayudas económicas que sufragan gastos de puesta en marcha y otras inversiones.
Requisitos
- Ser empresa de nueva creación en el municipio de Cabra (personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles) con consideración de PYME conforme a la normativa UE
- No haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año inmediatamente anterior en la misma actividad
- No haber sido beneficiario de ayuda por el mismo concepto en alguna de las cinco convocatorias anteriores
- En caso de traspaso de negocio, no existir relación de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el anterior titular beneficiario
- El local afecto a la actividad empresarial o, en su defecto, el domicilio fiscal debe estar ubicado en Cabra
- Mantener la condición de alta empresarial al menos durante doce meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social o desde el inicio de actividad en la declaración censal
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones previstas en la normativa
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Cabra
- No ejercer actividades agrícolas, ganaderas o forestales acogibles a programas específicos de otros organismos
- Para línea de jóvenes emprendedores: tener hasta 35 años (jóvenes), ser mujer mayor de 45 años o ser víctima de violencia de género
Documentación necesaria
- Copia del CIF de la entidad solicitante (personas jurídicas)
- Copia del NIF o NIE de la persona solicitante o representante legal
- Copia de la escritura de constitución y acreditación del poder de representación (personas jurídicas)
- Copia completa de la Declaración Censal de la Agencia Tributaria (modelo 036, 037 o DUE) o certificado acreditativo de alta con fecha de inicio de actividad, epígrafe I.A.E. y domicilio
- Copia de la Resolución sobre reconocimiento de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (o solicitud de alta)
- Plan de viabilidad del proyecto empresarial (idea de negocio, plan de inversiones, financiación y cuenta de resultados previsionales)
- Copia de la Licencia de apertura concedida y pagada, o resguardo de haberla solicitado o declaración responsable
- Declaración responsable motivada de no poder acogerse a programas específicos de ayudas para actividades agrícolas, ganaderas o forestales
- Informe de vida laboral de la empresa o documento que acredite la permanencia en el Régimen de la Seguridad Social durante seis meses
- Justificantes de pago de la Seguridad Social de los primeros seis meses de actividad
- Impreso de aceptación de la ayuda concedida
Cómo solicitar
- 1Obtener el modelo normalizado de solicitud en la Oficina de Desarrollo Local, Oficina de Información y Registro, página web del Ayuntamiento o en el CADE de Cabra
- 2Cumplimentar la instancia de solicitud y reunir la documentación preceptiva
- 3Presentar la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Cabra dentro de los dos meses siguientes a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (o en los dos meses posteriores a la publicación de la convocatoria en el BOP si el alta es anterior)
- 4Subsanar los defectos que se requieran en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 5Esperar la valoración técnica y la resolución del Alcalde o persona en quien delegue, basada en el informe de valoración
- 6Recibir la notificación de resolución con el objeto, la cuantía, las condiciones y la documentación justificativa, en el plazo máximo de dos meses tras su aprobación por la Junta de Gobierno Local
- 7Presentar el documento de aceptación expresa de la concesión en la Oficina de Desarrollo del Ayuntamiento en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 8Una vez notificada la resolución positiva, transcurridos los seis primeros meses de actividad, presentar en el Registro de Entrada los justificantes de pago de la Seguridad Social
- 9Recibir el abono del importe total del incentivo una vez comprobada la justificación
Dónde: Oficina del Registro del Ayuntamiento de Cabra (también en la Oficina de Desarrollo Local, Oficina de Información y Registro, o en el Centro Andaluz de Emprendimiento - CADE de Cabra); igualmente por los medios previstos en el artículo 36 de la Ley 39/2015
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