Anuncio BOP bases de ayuda al alquiler para personas entre 16 y 40 años 2022-12-02 19:19:01
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a facilitar el acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a personas con edades comprendidas entre 16 y 40 años empadronadas en el municipio de Cabra, con el objetivo de frenar el despoblamiento y rejuvenecer la población. La ayuda consiste en una cantidad a fondo perdido que en ningún caso excederá del coste total del alquiler, fijándose su importe en cada convocatoria.
Requisitos
- Tener una edad mínima de 16 años y no superar 40 años en la fecha de solicitud
- Tener suscrito un contrato de alquiler de vivienda en el que figure como arrendatario y cuya vivienda objeto de la subvención esté ubicada en el término municipal de Cabra
- Figurar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes en la vivienda objeto del contrato
- Que ni el solicitante ni ningún miembro de la unidad de convivencia sean beneficiarios de subvenciones en materia de alquiler de vivienda de otras convocatorias de esta u otra Administración Pública
- Que ningún miembro de la unidad de convivencia posea vivienda principal o secundaria a título de propiedad, o sea cotitular de otros inmuebles de naturaleza urbana o rústica (salvo que por herencia tenga un 25% o menos de la propiedad)
- No concurrir alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Solo se podrá presentar una solicitud de subvención por referencia catastral
- Mantener ininterrumpidamente la residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención
Documentación necesaria
- Copia del NIF o NIE de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento en el que aparezcan los miembros de la unidad de convivencia
- Contrato de alquiler suscrito por el solicitante
- Justificantes de haber hecho efectivo los correspondientes pagos de la renta del periodo subvencionable (mediante justificante de ingreso bancario o declaración responsable del propietario/arrendador)
- Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Junta de Andalucía, Hacienda Local y la Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Obtener el modelo normalizado de solicitud (descargándolo del Portal Oficial del Ayuntamiento o recogiéndolo en la Delegación Municipal de Juventud, calle Palomas, 2 de Cabra)
- 2Cumplimentar la instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra
- 3Acompañar la solicitud con la documentación preceptiva
- 4Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en el Registro Electrónico (https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites), o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5Subsanar los defectos que se requieran en el plazo de diez días hábiles desde la notificación, si los hubiera
- 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local (plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual la solicitud se entenderá desestimada)
- 7Aceptar la ayuda mediante impreso en la Delegación de Juventud del Ayuntamiento de Cabra
- 8Justificar la subvención y aportar la documentación requerida en el plazo indicado en la convocatoria
- 9Recibir el pago mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada, una vez acreditada la titularidad
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Cabra o Registro Electrónico en https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites; también en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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