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Ayuntamiento de Cabra (Córdoba)

Anuncio BOP bases de ayuda al alquiler para personas entre 16 y 40 años 2022-12-02 19:19:01

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a facilitar el acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a personas con edades comprendidas entre 16 y 40 años empadronadas en el municipio de Cabra, con el objetivo de frenar el despoblamiento y rejuvenecer la población. La ayuda consiste en una cantidad a fondo perdido que en ningún caso excederá del coste total del alquiler, fijándose su importe en cada convocatoria.

Requisitos

  • Tener una edad mínima de 16 años y no superar 40 años en la fecha de solicitud
  • Tener suscrito un contrato de alquiler de vivienda en el que figure como arrendatario y cuya vivienda objeto de la subvención esté ubicada en el término municipal de Cabra
  • Figurar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes en la vivienda objeto del contrato
  • Que ni el solicitante ni ningún miembro de la unidad de convivencia sean beneficiarios de subvenciones en materia de alquiler de vivienda de otras convocatorias de esta u otra Administración Pública
  • Que ningún miembro de la unidad de convivencia posea vivienda principal o secundaria a título de propiedad, o sea cotitular de otros inmuebles de naturaleza urbana o rústica (salvo que por herencia tenga un 25% o menos de la propiedad)
  • No concurrir alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Solo se podrá presentar una solicitud de subvención por referencia catastral
  • Mantener ininterrumpidamente la residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención

Documentación necesaria

  • Copia del NIF o NIE de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia
  • Certificado de empadronamiento en el que aparezcan los miembros de la unidad de convivencia
  • Contrato de alquiler suscrito por el solicitante
  • Justificantes de haber hecho efectivo los correspondientes pagos de la renta del periodo subvencionable (mediante justificante de ingreso bancario o declaración responsable del propietario/arrendador)
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Junta de Andalucía, Hacienda Local y la Seguridad Social

Cómo solicitar

  1. 1Obtener el modelo normalizado de solicitud (descargándolo del Portal Oficial del Ayuntamiento o recogiéndolo en la Delegación Municipal de Juventud, calle Palomas, 2 de Cabra)
  2. 2Cumplimentar la instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra
  3. 3Acompañar la solicitud con la documentación preceptiva
  4. 4Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en el Registro Electrónico (https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites), o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  5. 5Subsanar los defectos que se requieran en el plazo de diez días hábiles desde la notificación, si los hubiera
  6. 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local (plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual la solicitud se entenderá desestimada)
  7. 7Aceptar la ayuda mediante impreso en la Delegación de Juventud del Ayuntamiento de Cabra
  8. 8Justificar la subvención y aportar la documentación requerida en el plazo indicado en la convocatoria
  9. 9Recibir el pago mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada, una vez acreditada la titularidad

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Cabra o Registro Electrónico en https://sede.eprinsa.es/cabra/tramites; también en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

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Fuente oficial https://cabra.eu/wp-content/uploads/2022/05/Anuncio-en-BOP-bases-alquiler-16-40.pdfDatos extraídos el 7 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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