Convocatoria ayudas económicas a la natalidad y adopción 2023 2023-10-03 23:56:57
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Descripción
Ayudas económicas destinadas a personas progenitoras o adoptantes con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, empadronados en Cabra, para cubrir gastos farmacéuticos en material de higiene, alimentación infantil, enseres y vacunas no obligatorias adquiridos en farmacias de la localidad. La cuantía es de 300 € por cada hijo nacido o adoptado.
Requisitos
- Ser persona progenitora o adoptante de nacido/a o adoptado/a entre el 01/10/2022 y el 30/09/2023
- Cumplir los requisitos de la base 6ª de las bases reguladoras
- Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en el municipio de Cabra en el momento de la solicitud
- Mantener la residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, Junta de Andalucía, Hacienda Local y Seguridad Social
Documentación necesaria
- Copia del NIF o NIE de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia en caso de ser obligatorio
- Certificado de empadronamiento histórico colectivo en el que aparezcan los miembros de la unidad de convivencia
- Libro de familia o certificado de nacimiento que acredite el nacimiento del nuevo/a miembro de la unidad familiar
- En supuestos de nulidad, separación o divorcio: convenio regulador o sentencia judicial
- En familias monoparentales, si en el Libro de Familia constan dos progenitores: documentación acreditativa de que el menor está a cargo de la persona solicitante
- En supuesto de adopción: resolución judicial o administrativa acreditativa de la misma
- Certificado de custodia del/de la menor, en su caso
- Certificado acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario de solicitud Anexo I de la convocatoria
- 2Reunir la documentación requerida (DNI, empadronamiento, libro de familia, etc.)
- 3Indicar el número de cuenta bancaria a efectos de ingreso de la subvención
- 4Presentar la solicitud y documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Cabra
- 5Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se comunicará en un plazo máximo de dos meses tras su aprobación
- 6La resolución definitiva se notificará conforme a la Ley 39/2015
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Cabra (también disponible a través del Patronato Municipal de Bienestar Social, Centro Municipal de Servicios Sociales, C/ Priego nº 28, 14940 Cabra, Córdoba)
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