Convocatoria ayudas al alquiler para personas entre 16 y 40 años 2025 2025-09-02 12:18:52
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Descripción
Subvenciones destinadas a sufragar gastos de acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler para personas entre 16 y 40 años empadronadas en el municipio de Cabra. La ayuda cubre el 75% de los meses justificados, con un máximo de 200 € mensuales (2.400 € anuales por beneficiario).
Requisitos
- Tener una edad mínima de 16 años y no superar los 40 años en la fecha de la solicitud
- Tener suscrito un contrato de alquiler de vivienda en el que el solicitante figure como arrendatario y cuya vivienda esté ubicada en el término municipal de Cabra
- Figurar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes en la vivienda objeto del contrato
- Que ni el solicitante ni ningún miembro de la unidad de convivencia sea beneficiario de subvenciones de alquiler de vivienda de otras convocatorias de esta u otra Administración Pública
- Que ningún miembro de la unidad de convivencia posea vivienda principal o secundaria en propiedad, o sea cotitular de otros inmuebles de naturaleza urbana o rústica, salvo que por herencia tenga un 25% o menos de la propiedad
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Solo se podrá presentar una solicitud de subvención por referencia catastral
- Solo se concederá una subvención por unidad de convivencia y ningún miembro podrá estar en dos solicitudes simultáneamente
- Compromiso de mantener la residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, Junta de Andalucía, Haciendas Locales y Seguridad Social
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud cumplimentado (ANEXO I)
- DNI/NIE del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia
- Contrato de alquiler de vivienda vigente
- Justificantes de los meses de alquiler objeto de subvención
- Certificado/documento bancario sellado por la entidad acreditativo de la titularidad de la cuenta designada para la transferencia (si el solicitante no figura dado de alta como tercero en el sistema de contabilidad del Ayuntamiento de Cabra)
- Declaración responsable sobre otras ayudas recibidas para la misma finalidad
- Autorización al Ayuntamiento para consulta de datos en el padrón y de estar al corriente con Hacienda Local, Estatal, Autonómica y Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Descargar el modelo normalizado de solicitud desde el Portal Oficial del Ayuntamiento de Cabra o recogerlo presencialmente en la Delegación Municipal de Juventud, sita en C/ Palomas, 2 de Cabra (Córdoba)
- 2Cumplimentar el formulario de solicitud (ANEXO I) con los datos del solicitante, miembros de la unidad de convivencia, domicilio a efectos de notificaciones, importe solicitado y datos bancarios
- 3Dirigir la instancia al Sr. Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de Cabra
- 4Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en el Registro Electrónico a través de la sede electrónica https://sede.eprisa.es/cabra/tramites, o bien en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- 5Esperar la resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento tras su aprobación por la Junta de Gobierno Local; la comunicación al interesado se realizará en un plazo máximo de dos meses
- 6Si se concede la ayuda, el beneficiario debe mantener su residencia en el municipio de Cabra durante los dos años siguientes a la concesión
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Cabra o Registro Electrónico (https://sede.eprisa.es/cabra/tramites), o en los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015
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