ORDEN de 29 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2026 para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a proyectos que permitan paliar las pérdidas por mortalidad de
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Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a financiar proyectos de adquisición de semilla para la repoblación, recuperación y reparación de los bancos marisqueros dañados por los episodios de lluvias de 2026 en Galicia, con el fin de recuperar el potencial productivo y paliar las pérdidas por mortalidad de moluscos. El importe máximo total de la convocatoria es de 800.000 €, con un máximo de 20.000 € por proyecto (sin IVA), y la ayuda puede alcanzar hasta el 100 % de los gastos subvencionables.
Requisitos
- Ser cofradía de pescadores, organización de productores, cooperativa del mar, asociación de profesionales del sector o cualquier otra entidad asociativa jurídicamente reconocida y constituida por profesionales del sector
- Ser entidad titular de planes marisqueros en régimen de cogestión
- Tener la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social
- No tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Acreditar mediante declaración responsable que no se tienen deberes pendientes de pago por reintegro de subvenciones
- Cada entidad solo podrá formular una solicitud de ayuda (individual o conjunta)
Documentación necesaria
- Formulario normalizado de solicitud (Anexo I)
- Declaración responsable de no tener pendiente de pago ningún deber por reintegro de subvenciones
- Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social (salvo autorización al órgano gestor)
- Certificación de no tener pendiente de pago deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Presupuesto estimado total del proyecto
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías de los contratos menores, salvo justificación de imposibilidad
- En caso de proyectos conjuntos, acuerdo de colaboración ratificado ante el órgano gestor tras la notificación de la concesión, con nombramiento de representante o apoderado único
- Justificación de que el sustrato está debidamente acondicionado antes de proceder a la siembra
- Permiso de inmersión conforme al Decreto 423/1993, de 17 de diciembre
- Cartel de tamaño mínimo A-3 con publicidad del carácter público de la financiación y descripción del proyecto en el sitio web del beneficiario, en su caso
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
- 2Cumplimentar el formulario normalizado de solicitud (Anexo I)
- 3Firmar electrónicamente la solicitud mediante cualquiera de los mecanismos de identificación admitidos (incluido Chave365)
- 4Presentar la solicitud electrónicamente dentro del plazo de un mes, que comienza el quinto día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia
- 5Esperar la resolución y notificación, que se emitirá en un plazo máximo de tres meses desde la publicación en el DOG
- 6En caso de agrupación, ratificar el acuerdo de colaboración ante el órgano gestor una vez notificada la concesión
- 7Ejecutar el proyecto y justificar los gastos realizados y pagados hasta el 15 de noviembre de 2026
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), mediante formulario normalizado (Anexo I)
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