Ayudalíza
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA

ORDEN AGA/ /2026, de 5 de agosto, por la que se convocan subvenciones para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del PEPAC para el periodo 2023-2027 para el año 2027

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Descripción

Ayudas (subvenciones a fondo perdido) destinadas a inversiones materiales e inmateriales en industrias agroalimentarias ubicadas en Aragón para transformar, comercializar o desarrollar productos agrícolas y alimentarios, con el fin de aumentar el valor añadido, fomentar la innovación, la internacionalización, la digitalización, la sostenibilidad y la calidad, generando empleo y vertebrando el medio rural. Las ayudas se enmarcan en la intervención 6842.2 del PEPAC 2023-2027, cofinanciadas con cargo al FEADER.

Requisitos

  • Ser persona física, jurídica o agrupación titular de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, responsable final de la financiación de las inversiones y gastos subvencionables
  • Transformar, comercializar o desarrollar productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE y el algodón (excepto productos de la pesca), pudiendo el producto resultante no estar incluido en el anexo
  • Si la inversión afecta a productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE, la inversión debe ejecutarse en el medio rural
  • Si el producto subvencionado no está enumerado en el anexo I del TFUE, la persona beneficiaria deberá tener la condición de PYME (según el artículo 17 del Reglamento UE 651/2014)
  • No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas judiciales firmes que conlleven esa prohibición
  • En el caso de PYME con productos fuera del anexo I del TFUE: no estar sujeta a una orden de recuperación pendiente ni tener la consideración de empresa en crisis
  • Acreditar viabilidad económica
  • Cumplir con la legislación medioambiental vigente

Documentación necesaria

  • Solicitud mediante modelo normalizado con declaración responsable incluida
  • Tres ofertas de diferentes proveedores para cada gasto (con carácter previo a la contratación), salvo que no exista suficiente número de entidades en el mercado
  • Memoria justificativa firmada por personal técnico competente externo que acredite que la oferta elegida se ajusta a precio de mercado, cuando no se elija la oferta más económica o se aporten menos de tres ofertas
  • En caso de obra civil: ofertas o presupuestos desglosados y valorados por contratistas hasta nivel de capítulo y unidades de obra, concordantes con el proyecto técnico o memoria valorada y la licencia de obras
  • Proyecto técnico o memoria valorada de la inversión
  • Licencia de obras (cuando proceda)
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del solicitante y, en su caso, de la representación
  • Documentación acreditativa de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (salvo consentimiento para su comprobación por la Administración)
  • Documentación justificativa de la condición de PYME (cuando proceda)
  • Acreditación de la viabilidad económica
  • Documentación relativa al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente
  • Factura proforma u oferta detallada por cada concepto de gasto (importe mínimo de 2.000 euros por proveedor)
  • Documentación justificativa de la ejecución y pago de la inversión para la solicitud de pago

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (http://www.aragon.es/tramites, procedimiento nº 11795) o a la aplicación informática habilitada al efecto
  2. 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud, que incluye declaración responsable
  3. 3Aportar la documentación preceptiva indicada en la convocatoria (ofertas, memorias, proyectos técnicos, acreditaciones, etc.)
  4. 4Firmar electrónicamente la solicitud y la documentación adjunta mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica habilitados en Aragón
  5. 5Presentar la solicitud y documentación de forma telemática a través de los registros electrónicos de la Administración
  6. 6En caso de imposibilidad técnica, presentar los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica, a través de los registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o del sector público institucional, o en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
  7. 7Esperar la fase de instrucción y evaluación de las solicitudes por el órgano competente
  8. 8Recibir la notificación de la propuesta de resolución y de la resolución definitiva
  9. 9Ejecutar la actividad subvencionable en los plazos establecidos
  10. 10Justificar la subvención y solicitar el pago conforme a lo previsto en la orden
  11. 11Cumplir las obligaciones de información y publicidad, y someterse a las actuaciones de seguimiento y control

Dónde: Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (http://www.aragon.es/tramites, procedimiento nº 11795) - presentación exclusivamente telemática a través de la aplicación informática habilitada, con firma electrónica

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/923755Datos extraídos el 7 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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