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AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE AYUDAS A PYMES MALAGUEÑAS PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y EL IMPULSO EMPRESARIAL - CONVOCATORIA AÑO 2026

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Descripción

Ayudas en concurrencia competitiva destinadas a PYMES malagueñas para reactivar su actividad e impulsar la inversión empresarial, mediante una subvención del 75% del proyecto de inversión subvencionable, con un importe máximo de 10.000 euros por beneficiario, siendo la inversión mínima exigida de 1.500 euros.

Requisitos

  • Tener el domicilio fiscal y desarrollar la actividad económica en el municipio de Málaga.
  • No superar los límites numéricos de efectivos y financieros establecidos para la condición de PYME.
  • No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Que se trate de una persona física o jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil dada de alta en el IAE y en la Seguridad Social.
  • Realizar una inversión mínima de 1.500 €.
  • Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
  • Tener la consideración de PYME conforme al Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea.

Documentación necesaria

  • Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Documentación acreditativa del alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (IAE) ante la Hacienda Pública.
  • Documentación acreditativa del alta en la Seguridad Social.
  • Justificación de la inversión y/o gasto subvencionable realizado.
  • Documentación técnica y económica que acredite la viabilidad del proyecto empresarial.

Cómo solicitar

  1. 1Publicación de la convocatoria en el BOP de Málaga, abriéndose un plazo de 30 días hábiles para la presentación de solicitudes.
  2. 2Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga (https://sede.malaga.eu).
  3. 3Cumplimentar y presentar la solicitud junto con la documentación requerida en el Registro de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga.
  4. 4La Comisión Técnica de Subvenciones (personal de Promálaga) valora las solicitudes conforme a los criterios objetivos (antigüedad de la empresa y forma jurídica de economía social).
  5. 5Resolución por el órgano competente con limitación a la disponibilidad presupuestaria; las solicitudes sin presupuesto quedan en lista de espera.
  6. 6Justificación posterior de la subvención por parte de los beneficiarios conforme a la Circular 1/2024 del área de gobierno de economía del Ayuntamiento de Málaga.

Dónde: Registro de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga (https://sede.malaga.eu)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/923827Datos extraídos el 7 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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