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Descripción

Aprobación definitiva de las bases generales (ordenanza) que regulan la solicitud, concesión, justificación y pago de todas las subvenciones que otorga la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, al amparo de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. No se trata de una convocatoria concreta con importe y plazo específicos, sino del marco normativo general aplicable a las futuras convocatorias de ayudas públicas de esta Diputación.

Requisitos

  • Ser persona pública o privada beneficiaria según los requisitos del artículo 10 de las bases
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento singular que fundamenta la concesión de la subvención
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones financieras con la Diputación de Lleida
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Cumplir los principios éticos y reglas de conducta previstos en el Código de conducta de los altos cargos y de los beneficiarios

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo normalizado de la convocatoria
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias (AEAT)
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones financieras con la Diputación de Lleida
  • Acreditación de las retribuciones de los órganos de dirección o administración de las personas jurídicas beneficiarias
  • Memoria, presupuesto y documentación técnica del proyecto o actividad a subvencionar
  • Documentación justificativa de los gastos subvencionables según la modalidad de justificación aplicable (módulo, cuenta justificativa o validación técnica)

Cómo solicitar

  1. 11. Publicación de las bases específicas reguladoras de la subvención
  2. 22. Aprobación y publicación de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida
  3. 33. Presentación de la solicitud y documentación requerida en el plazo y lugar indicados en la convocatoria (sede electrónica o registro de la Diputación de Lleida)
  4. 44. Instrucción del procedimiento por el órgano competente
  5. 55. Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos
  6. 66. Resolución de concesión por el órgano competente
  7. 77. Aceptación de la ayuda por parte del beneficiario
  8. 88. Ejecución de la actividad o proyecto subvencionado
  9. 99. Justificación de la subvención conforme a la modalidad aplicable (artículo 41)
  10. 1010. Comprobación de la justificación y pago de la subvención

Dónde: Sede electrónica o Registro General de la Diputación de Lleida (según se indique en cada convocatoria específica)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/923799Datos extraídos el 7 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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