SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE GRADO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES CULTURALES DE ASOCIACIONES SIN ANIMO DE LUCRO EN EL AÑO 2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro para el fomento de actividades culturales (artes plásticas, literarias, teatro, música, artes escénicas y programas de promoción cultural) realizadas en el concejo de Grado durante el año 2026. La cuantía global máxima de la convocatoria es de 18.000,00 €.
Requisitos
- Ser asociación, fundación o entidad cultural sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
- Cumplir los requisitos generales establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Desarrollar actividades culturales en el término municipal de Grado
- Estar legalmente constituidas y dadas de alta en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grado
- Realizar los proyectos o actividades en el concejo de Grado que motiven la concesión de la subvención
- Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No incurrir en las circunstancias contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003
- Las condiciones deben mantenerse durante toda la tramitación de la ayuda hasta su liquidación
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo Anexo I
- Modelo Anexo III de justificación de criterios de valoración, debidamente cumplimentado
- Original o fotocopia de los estatutos o acta de constitución de la entidad
- Acreditación de la inscripción en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grado
- Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Ficha de acreedor (Anexo V) sellada y firmada por la entidad financiera (solo si el solicitante no figura como acreedor del Ayuntamiento o han cambiado los datos bancarios)
- Certificados de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso de no autorizar al Ayuntamiento para recabar dicha información
- Documentación adicional que el solicitante estime necesaria para la valoración de los criterios de adjudicación
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo Anexo I
- 2Rellenar el modelo Anexo III de justificación de criterios de valoración
- 3Reunir la documentación obligatoria: estatutos/acta de constitución, acreditación de inscripción en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grado, NIF, ficha de acreedor (Anexo V) si procede, y certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social si no se autoriza la consulta
- 4Presentar la solicitud y la documentación complementaria por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Grado, dado que las personas jurídicas deben relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos según el artículo 14 de la Ley 39/2015
- 5En caso de defectos u omisiones en la solicitud, se otorgará un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta o aportar la documentación preceptiva; en caso contrario, se le tendrá por desistido de su solicitud
- 6Esperar la resolución, que se notificará en un plazo máximo de 3 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA
- 7Justificar la subvención antes del 15 de diciembre de 2026 mediante la cuenta justificativa según modelo Anexo II
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Grado (https://sedeelectronica.ayto-grado.es) — por medios electrónicos conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.
Descargar la appAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.