CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA POBLACIÓN JOVEN EMANCIPADA DE ENTRE 18 Y 35 AÑOS DE PILAR DE LA HORADADA, EJERCICIO 2026.
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Descripción
Ayuda dirigida a jóvenes emancipados de entre 18 y 35 años empadronados en Pilar de la Horadada, consistente en la entrega de dos bonos de 50 € por persona (100 € en total), canjeables en establecimientos colaboradores del municipio para la adquisición de alimentos (excluidas bebidas alcohólicas) y artículos básicos del hogar (limpieza, higiene y aseo). El crédito total de la convocatoria es de 6.000 €, beneficiando como máximo a 60 jóvenes con un total de 120 bonos.
Requisitos
- Estar en posesión de documento de identidad en vigor (DNI, NIE o Pasaporte)
- Estar empadronado/a en Pilar de la Horadada con anterioridad al 31 de diciembre de 2025 en el domicilio para el que se solicita la ayuda, con los datos del Padrón correctamente actualizados
- Que la vivienda para la que se solicita la ayuda sea la residencia habitual y permanente de la persona solicitante
- Haber nacido entre el 1 de enero de 1991 y el 15 de agosto de 2008, ambos inclusive
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (incluido el Ayuntamiento de Pilar de la Horadada), con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones
- Ser titular del contrato de alquiler (individual o compartido) o propietario/a de la vivienda, situada en el término municipal de Pilar de la Horadada
- No ostentar parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora, ni convivir con ningún ascendiente en la vivienda para la que se solicita la ayuda
- Que la renta individual anual (base imponible general + base imponible del ahorro de la declaración del IRPF 2025) sea igual o inferior a 25.200 € (3 veces el IPREM 2025 referido a 14 pagas)
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud según Anexo II, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada
- Original y copia del DNI/NIE/Pasaporte en vigor de la persona solicitante
- Copia del contrato de arrendamiento o copia de la escritura o nota simple de propiedad de la vivienda
- Copia de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025, o en su defecto, certificado de imputaciones expedido por la Agencia Tributaria
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria (AEAT), actualizado al mes de presentación de la solicitud
- Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), actualizado al mes de presentación de la solicitud
- Declaración responsable de estar al corriente con el Ayuntamiento de Pilar de la Horadada y en el reintegro de subvenciones (incluida en el Anexo II)
- Autorización de endoso de la ayuda a los establecimientos adheridos (Anexo III)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia de solicitud oficial (Anexo II) dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada
- 2Reunir la documentación acreditativa exigida en el apartado 8 de la convocatoria
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento (https://sede.pilardelahoradada.org/) o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, dentro del plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Alicante
- 4Esperar a la publicación de la propuesta/provisional en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica, disponiendo de 10 días hábiles para subsanar documentación si procede
- 5Consultar la resolución definitiva publicada en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento
- 6Recoger los bonos presencialmente en la Concejalía de Juventud - Centro de Información Juvenil (C/ Ramón y Cajal, 21), hasta el 7 de noviembre de 2026 incluido, o mediante persona autorizada con modelo de autorización y originales de DNI/NIE de autorizante y autorizado
- 7Canjear los bonos en los establecimientos adheridos hasta el 7 de noviembre de 2026, presentándolos junto con el documento de identidad
Dónde: Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada (https://sede.pilardelahoradada.org/) o presencialmente en la Concejalía de Juventud - Centro de Información Juvenil (C/ Ramón y Cajal, 21, 03190 Pilar de la Horadada, Alicante), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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