Dirulaguntzen oinarriak 2023
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro del municipio de Orio (Gipuzkoa) para financiar actividades culturales, de juventud, medioambientales y de ocio, así como fiestas de barrios, ejecutadas en 2022. La dotación total es de 42.500 €, repartidos en tres partidas presupuestarias, y el importe individual de la ayuda no podrá superar el coste total de la actividad.
Requisitos
- Ser entidad jurídica privada sin ánimo de lucro con domicilio social en Orio
- Estar constituida conforme a la legislación vigente e inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
- Excepcionalmente, personas o grupos no registrados podrán acceder si el proyecto es sin ánimo de lucro, previa justificación y dictamen de la Comisión de Cultura y Fiestas
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento
- No estar incurso en las causas de exclusión previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones 38/2003
- No haber presentado la memoria y/o documentación justificativa de subvenciones recibidas en ediciones anteriores
- Cumplir la legislación vigente, incluida la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres
- Cumplir la Ordenanza municipal de normalización del uso del euskera en las actividades subvencionadas
- No ser empresa mercantil
Documentación necesaria
- Impreso normalizado de solicitud de subvención, cumplimentado y firmado
- Memoria del proyecto o de las actividades (Anexo I)
- Presupuesto equilibrado de gastos e ingresos del proyecto (Anexo II)
- Declaración jurada cumplimentada y firmada (Anexo III)
- Fotocopia del Código de Identificación Fiscal (solo asociaciones que soliciten por primera vez)
- Fotocopia del DNI de los responsables de la entidad (solo asociaciones que soliciten por primera vez)
- Estatutos de la entidad y curriculum: miembros, objetivos, actividades realizadas, etc. (solo asociaciones que soliciten por primera vez)
- Para la justificación: impreso normalizado de justificación cumplimentado y firmado
- Memoria del programa o actividades subvencionadas (Anexo IV)
- Balance económico general de ingresos y gastos del proyecto y balance detallado por actividad (Anexo V)
- Relación numerada de facturas o justificantes de gasto (Anexo VI)
- Justificantes de los gastos realizados manteniendo el orden de la relación y con número correspondiente
- Documentación gráfica (carteles, programas) o audiovisual
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y firmar el impreso oficial de solicitud de subvención
- 2Reunir la documentación requerida (anexos I, II y III, y en su caso documentación fiscal y estatutos)
- 3Presentar la solicitud y la documentación obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica www.orio.eus, utilizando certificado digital (Izenpe, eDNI, Bak@, etc.)
- 4Si la documentación estuviera incompleta, se requerirá al solicitante para que subsane los defectos en un plazo de 10 días, con advertencia de que si no lo hace se entenderá que desiste de la solicitud
- 5Esperar la resolución, que se dictará mediante decreto de alcaldía en un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud
- 6Una vez concedida, se abonará el 75% de la subvención; el 25% restante se abonará tras presentar la documentación justificativa en un plazo de tres meses tras la realización de la actividad y como máximo antes del 15 de enero del ejercicio siguiente
Dónde: Sede electrónica www.orio.eus (buzón electrónico) con certificado digital; información también en el Servicio de Información y Registro del Ayuntamiento de Orio
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.
Descargar la appAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.