Ayudas para la obtención de certificación en Bienestar Animal 2026
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Descripción
Ayudas (régimen minimis) para financiar los gastos derivados de la implantación de procedimientos internos de control del bienestar animal, la formación de responsables y la obtención de certificaciones de bienestar animal en explotaciones ganaderas del País Vasco dedicadas a porcino, avicultura de puesta, pollo campero, leche de oveja, leche de cabra, leche de vaca, carne de vacuno y conejo. El presupuesto total es de 100.000 euros para el ejercicio 2026.
Requisitos
- Ser persona física titular de explotaciones individuales o entidad privada con domicilio en la CAPV (cooperativas, empresas, asociaciones u otras agrupaciones de explotaciones agrarias)
- Que todas las explotaciones realicen tareas de operario en la implantación del procedimiento de control de auditoría interna
- Dedicarse a la producción o comercialización de alimentos de origen animal en los subsectores: porcino, avicultura de puesta, pollo campero, leche de oveja, leche de cabra, leche de vaca, carne de vacuno y conejo
- No estar condenado por sentencia firme por delitos de prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias, fraudes o delitos urbanísticos
- No haber solicitado concurso voluntario, no estar declarado insolvente ni incurso en concurso declarado (salvo eficacia de convenio)
- No haber sido sancionado con resolución firme de pérdida de acceso a subvenciones
- Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No tener domicilio fiscal en territorio considerado paraíso fiscal
- Estar al corriente del pago de obligaciones de reintegro de subvenciones
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves en materia de residuos o medio ambiente
- Cumplir la cuota de reserva legal para personas con discapacidad
- En caso de personas jurídicas, cumplir la Ley 8/2015 de Estatuto de la Mujer Rural: no tener sanciones por discriminación de género y equilibrio de género en órganos de dirección
- No recibir ayudas directas o indirectas a entidades que realicen LGTBIfobia
- No estar sujeto a orden de recuperación de la Comisión Europea
- Que la actividad subvencionable se realice en el territorio de la CAPV
- Que el certificado evalúe el bienestar animal, preferentemente mediante indicadores basados en el estado de los animales
- Que los gastos subvencionables se realicen en 2026 y se enmarquen en un plan detallado de acciones para obtener la certificación
Documentación necesaria
- Copia de la escritura de constitución y estatutos (personas jurídicas) o documentación que acredite la válida constitución de la persona jurídica
- Certificado de inscripción en el registro correspondiente
- Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones exigidas y veracidad de los documentos aportados
- Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o percibidas para el mismo gasto
- Declaración específica sobre ayudas minimis solicitadas y/u obtenidas en los ejercicios 2024, 2025 y 2026
- Plan detallado de acciones para la obtención de la certificación de bienestar animal
- Acreditación de la representación, en su caso, conforme a los artículos 5 y 6 de la Ley 39/2015
Cómo solicitar
- 1Acceder al formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV (https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1206906)
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud mediante el modelo normalizado
- 3Preparar la documentación requerida (escrituras, declaraciones responsables, plan de acciones, etc.)
- 4Presentar la solicitud: Personas físicas pueden hacerlo presencialmente en las oficinas del Departamento (c/ Donostia-San Sebastián 1, 01010 Vitoria-Gasteiz) o en los registros establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015; personas jurídicas y entidades del art. 14.2 deben presentarlo telemáticamente
- 5Para cita previa en Zuzenean: https://www.euskadi.eus/hitzordua-zuzenean
- 6Realizar los trámites posteriores telemáticamente accediendo a 'Mi carpeta' en https://www.euskadi.eus/nirekarpeta
- 7Acreditar el cumplimiento de los plazos de pago en caso de subvenciones superiores a 30.000 euros (Ley 3/2004)
- 8Esperar la resolución y, en su caso, justificar los gastos realizados
Dónde: Sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV (https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1206906) para personas jurídicas; presencialmente en las oficinas del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (c/ Donostia-San Sebastián 1, 01010 Vitoria-Gasteiz) o en registros oficiales para personas físicas
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