Convocatoria de ayudas a entidades culturales de Burlada 2026
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Descripción
Ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones culturales sin ánimo de lucro de Burlada para apoyar actividades culturales (danza, música, teatro, artes plásticas, fiestas y celebraciones tradicionales) realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. La cuantía total máxima es de 18.000 €, con un tope del 75% del coste justificado de cada actividad.
Requisitos
- Ser una asociación sin ánimo de lucro
- Estar legalmente constituida con al menos un año de antelación a la publicación de la convocatoria en el BON
- Tener domicilio social y fiscal en Burlada
- No concurrir ninguna de las circunstancias del artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Burlada con datos actualizados
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Cumplir con el Decreto Foral 36/2024, de 17 de abril, de Eventos Públicos y Sostenibilidad, cuando sea aplicable
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al modelo del ANEXO I
- Ejemplar de los estatutos de la asociación (salvo participación anterior o inscripción en el Registro Municipal, o si no han sido modificados)
- Fotocopia del CIF de la asociación (salvo participación anterior o inscripción en el Registro Municipal)
- Programa detallado y presupuesto desglosado de gastos e ingresos conforme a los modelos de los ANEXOS II y III, cumplimentando la totalidad de apartados
- Certificado de la persona representante con relación de subvenciones solicitadas a otras entidades, indicando estado y adjuntando copia de resolución si procede, o declaración responsable de no haber solicitado ni recibido otras subvenciones
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Memoria de la actividad conforme al modelo del ANEXO IV
- Ejemplar de todos los soportes de difusión de la actividad (cartelería, digitales, redes sociales)
- Facturas y justificantes de pago de los gastos realizados (extracto bancario o recibí firmado y sellado en caso de pago en efectivo)
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre de la asociación solicitante
- Plan de medidas de sostenibilidad ambiental, prevención y gestión de residuos y medidas de comunicación y sensibilización conforme al ANEXO V, si procede
Cómo solicitar
- 1Consultar las bases en www.burlada.es y en la Base Nacional de Subvenciones
- 2Cumplimentar la solicitud conforme al modelo del ANEXO I
- 3Recopilar la documentación exigida en la cláusula 4.2 de la convocatoria
- 4Presentar la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada, o en el Registro General Electrónico, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5También se puede remitir telemáticamente en las Oficinas de Correos mediante ORVE al código de destino L01310608
- 6Subsanar en un plazo de diez días si la solicitud no reuniera los datos exigidos, con advertencia de tenerla por desistida
- 7Esperar la resolución en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada (también Registro General Electrónico, oficinas de Correos mediante ORVE con código L01310608 u otros registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015)
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