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AYUNTAMIENTO DE BENIDORM

BASES AYUDAS PARA NUEVOS AUTÓNOMOS Y EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE BENIDORM 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

Importe700.00–78.000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2026
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Descripción

Ayudas económicas municipales destinadas a favorecer la creación y consolidación del empleo por cuenta propia en Benidorm, dirigidas a emprendedores que se den de alta como autónomos entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. La cuantía varía entre 700 € y 1.000 € en función de si el solicitante está empadronado en Benidorm y/o tramita licencia de apertura de un local en el municipio.

Requisitos

  • Haber iniciado la actividad autónoma entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026 (según fecha del alta en el censo de obligados tributarios, modelos 036 o 037).
  • Encontrarse de alta en el Censo de obligados tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (o equivalente) en el momento de presentar la solicitud.
  • No haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los seis meses anteriores al inicio de la actividad.
  • No haber sido beneficiario de las ayudas para la implantación de nuevas empresas del Ayuntamiento de Benidorm en alguno de los dos ejercicios anteriores.
  • Tener el domicilio fiscal en la ciudad de Benidorm.
  • Estar empadronado en Benidorm o, en caso contrario, solicitar una licencia de apertura de un local radicado en el municipio.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y sin deudas con el Ayuntamiento de Benidorm (requisito exigible en la fecha del pago de la ayuda).
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el RETA un mínimo de 3 meses tras la fecha de alta.

Documentación necesaria

  • Solicitud General (ANEXO I), que incluye declaraciones responsables.
  • Documentación acreditativa de la persona solicitante y, en su caso, del representante legal.
  • Documento original de mantenimiento de terceros con los datos bancarios o certificado de titularidad de cuenta bancaria con firma digital autentificada.
  • Memoria explicativa del proyecto empresarial y CV del emprendedor.
  • Certificado actualizado de Vida Laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Declaración de alta en el censo de obligados tributarios (modelos 036 o 037) o documento único electrónico CIRCE con código seguro de verificación.
  • Resolución o certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la inclusión en el RETA.
  • Copia de la solicitud de licencia de apertura ante el Departamento de Aperturas del Ayuntamiento de Benidorm.
  • Carta de pago expedida por el Departamento de Aperturas con el importe total de la licencia.
  • Certificado actualizado de Situación Censal.
  • Tres primeros recibos justificativos del pago a la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (incluida en ANEXO I).
  • Declaración responsable de no haber sido beneficiario de las ayudas municipales para implantación de nuevas empresas en los dos ejercicios anteriores (incluida en ANEXO I).

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm (https://sede.benidorm.org) y localizar el trámite habilitado para esta convocatoria.
  2. 2Cumplimentar la Solicitud General (ANEXO I) con las declaraciones responsables incorporadas.
  3. 3Aportar la documentación requerida (identificación, bancarios, vida laboral, alta censal, RETA, licencia de apertura, recibos de la Seguridad Social, etc.).
  4. 4Registrar la solicitud junto con toda la documentación a través de la Sede Electrónica; el criterio de ordenación será la fecha en que se complete la documentación en el registro municipal.
  5. 5Esperar la instrucción del procedimiento por la Agencia de Empleo y Desarrollo Local y la valoración por la Comisión Técnica de Seguimiento y Evaluación de Solicitudes.
  6. 6La Junta de Gobierno Local resolverá la concesión, publicándose el acuerdo en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y comunicándose a la Base Nacional de Subvenciones (BDNS).
  7. 7Mantener la actividad y el alta en el RETA durante al menos 3 meses; cumplido este plazo, se procederá al pago de la subvención.

Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm (https://sede.benidorm.org)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/920771Datos extraídos el 24 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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