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AYUNTAMIENTO DE ALCALÀ DE XIVERT

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA “BONOS MATERIAL ESCOLAR” DE APOYO A LA ECONOMIA LOCAL MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN DE VENTAS

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Descripción

Campaña municipal que ofrece bonos descuento nominativos de 20,00 € para que familias empadronadas en Alcalà de Xivert con hijos matriculados en Infantil (3-5 años), Primaria o ESO en el curso 2026-2027 adquieran material escolar no curricular en comercios locales adheridos (papelerías, estancos, librerías y similares). Los comercios adheridos reciben una ayuda por el valor de los bonos canjeados, con una dotación presupuestaria total de 20.000 €.

Requisitos

  • Para comercios beneficiarios: tener la condición de microempresa (máximo 10 trabajadores y volumen de negocios anual no superior a 2 millones de euros), autónomo/a o empresario/a individual, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Estar dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del municipio en alguna actividad del sector de papelerías, estancos, librerías o comercio al por menor que oferten material escolar
  • Tener establecimiento abierto al público y domicilio fiscal en el término municipal de Alcalà de Xivert
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social, y no tener deudas con el Ayuntamiento de Alcalà de Xivert a fecha de solicitud
  • No concurrir ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Disponer de la correspondiente licencia de apertura
  • Disponer de material escolar suficiente para atender la demanda
  • Mostrar en lugar visible el cartel identificador de la campaña 'Bonos material escolar'
  • Para usuarios de los bonos: estar empadronado/a en el municipio de Alcalà de Xivert a fecha de publicación de las bases en el BOP de Castellón
  • Para usuarios de los bonos: estar matriculado/a en un centro docente durante el curso 2026-2027 en Educación Infantil (3-5 años), Primaria (1º-6º) o Secundaria (1º-4º ESO)

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I) cumplimentado y firmado
  • Persona física: copia del DNI/NIE acompañado de pasaporte si procede
  • Persona física: documento acreditativo de alta como autónomo (modelo 036 o 037)
  • Persona jurídica: NIF de la persona jurídica
  • Persona jurídica: DNI/NIE de la persona administradora
  • Persona jurídica: acreditación de los poderes de la persona administradora y de quien presenta la solicitud
  • Persona jurídica: escritura de constitución y estatutos actualizados inscritos en el Registro correspondiente
  • Certificado actualizado de Situación Censal que indique actividad económica y domicilio del local
  • Poder de representación del representante legal, en su caso
  • Declaración responsable de no incurrir en causa de prohibición (art. 13 Ley 38/2003)
  • Declaración responsable de tener la condición de microempresa (máx. 10 trabajadores, volumen anual ≤ 2 millones €)
  • Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda Estatal, Autonómica, Seguridad Social y Hacienda municipal
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de otras subvenciones
  • Declaración responsable de que las facturas presentadas han sido pagadas y no se han utilizado para justificar otras subvenciones
  • Ficha de mantenimiento de terceros

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el formulario de solicitud del Anexo I
  2. 2Reunir la documentación exigida en la base 7ª (según persona física o jurídica)
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert (C/ Purísima, 21 o Av. Valencia, 66 de Alcossebre) en horario de atención al público, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  4. 4Esperar la validación de la participación mediante Resolución de la Concejalía de Hacienda
  5. 5Una vez admitido, el comercio deberá mostrar el distintivo de la campaña en lugar visible
  6. 6Canjear los bonos de los usuarios entre el 8 de septiembre y el 31 de octubre de 2026
  7. 7Presentar la justificación (relación de bonos canjeados y facturas de venta) hasta el 15 de diciembre de 2026 en el Registro General del Ayuntamiento
  8. 8Recibir el pago mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada, dentro del mes siguiente a la presentación de la justificación

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert, C/ Purísima nº 21 (12570 Castellón) o Av. Valencia nº 66 de Alcossebre; también a través de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/921042Datos extraídos el 24 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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