Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Investigo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.
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Descripción
Subvenciones directas cofinanciadas por el FSE+ destinadas a la contratación de personas jóvenes en calidad de personal investigador, tecnólogo o de apoyo, para la realización de iniciativas de investigación e innovación en centros de trabajo ubicados en Castilla-La Mancha. El periodo subvencionable se amplía de 12 a 24 meses y se incrementa el importe para la contratación de jóvenes con titulación de doctorado o máster. El 60% de las ayudas se orienta a áreas prioritarias de la ciencia alineadas con las europeas (economía verde, digital, transición energética) y el resto a prioridades regionales definidas en la Estrategia de Especialización Inteligente S3.
Requisitos
- Ser una de las entidades beneficiarias previstas en el artículo 4: organismos públicos de investigación, universidades públicas y privadas con actividad en I+D+i, centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculados al SNS, institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados, centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, otros centros públicos o privados de I+D+i, empresas del sector público o privado con experiencia acreditada en I+D+i, o centros de I+D agraria
- Disponer de un centro de trabajo en Castilla-La Mancha donde desarrollar la actividad subvencionada
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica), con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones con carácter previo a la propuesta de resolución
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias prohibidas del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Cumplir los plazos de pago previstos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 cuando la subvención supere los 30.000 euros y la entidad sea persona física o jurídica con ánimo de lucro sujeta a la Ley 3/2004
- No estar incurso en incompatibilidades según la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha
- Disponer de plan de prevención de riesgos laborales cuando sea exigible conforme a la Ley 31/1995
- No haber sido sancionado en firme por falta muy grave en prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior
- No haber sido sancionado en firme o condenado por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo, salvo cumplimiento y plan de igualdad
- Disponer de plan de igualdad inscrito en el registro cuando sea obligatorio conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada conforme al modelo normalizado del anexo I, disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
- Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando la entidad no autorice su comprobación de oficio
- Declaración responsable del requisito del artículo 13 de la Ley 38/2003 cuando proceda por aplicación del artículo 12 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
- Acreditación de los plazos de pago conforme al artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, cuando proceda
- Designación de la persona responsable de la dirección y supervisión del trabajo del personal contratado, conforme al modelo del anexo II
- Autorización para la consulta de datos académicos de la persona designada como directora de la investigación
Cómo solicitar
Dónde: Sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
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