bases que rexerán o procedemento de concesión de axudas a entidades privadas para o fomento da gratuidade da atención educativa dos nenos e nenas da Comunidade Autónoma de Galicia en escolas infantís 0-3 para o curso 2026/2027 e se procede á súa convocato
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Descripción
Ayudas económicas en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a entidades privadas titulares o gestoras de escuelas infantiles 0-3 años en Galicia para compensar la bonificación del 100% del precio de la atención educativa aplicada a niños y niñas residentes en la comunidad autónoma, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de julio de 2027, con un máximo de 364 euros/mes por plaza a jornada completa.
Requisitos
- Ser entidad privada que desarrolle su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia
- No acceder a la bonificación a través de otras líneas de ayuda de la Consellería de Política Social e Igualdad
- Aplicar la gratuidad de la atención educativa en las escuelas infantiles 0-3 de su titularidad o de su gestión
- Estar debidamente inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social e Igualdad
- Que la escuela infantil 0-3 disponga del permiso de inicio de actividades para la prestación del servicio otorgado por la Consellería de Política Social e Igualdad
- Que los niños y niñas asistentes sigan el calendario de vacunación infantil del Programa gallego de vacunación
- Que los niños y niñas beneficiarios estén empadronados en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Que la escuela infantil tenga sus tarifas desglosadas por tipo de gasto y actualizadas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones
- Quedan excluidas las entidades que gestionen escuelas infantiles 0-3 de titularidad de la Agencia Gallega de Servicios Sociales, del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar o de titularidad municipal
Documentación necesaria
- Documento público acreditativo de poder suficiente de la persona física que actúe en nombre y representación de la entidad solicitante
- Relación nominal de los niños/as matriculados en la escuela infantil 0-3 y datos personales y de contacto del tutor/a legal, cumplimentada en la aplicación informática Escinf (https://escinf.xunta.es/escinfextweb)
- Declaración del conjunto de todas las ayudas concedidas para la misma finalidad de la solicitada al amparo de esta orden
- Declaración de que la escuela infantil dispone de proyecto educativo y propuesta pedagógica conforme al currículo de educación infantil de Galicia
- Declaración de disponer de la documentación acreditativa del cumplimiento del calendario de vacunación infantil del Programa gallego y del requisito de residencia en Galicia
- Declaración de que la entidad aplica las tarifas de precios registradas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales
- Declaración de asumir la cuantía de la bonificación en lo que exceda del importe de la subvención otorgada por la Administración autonómica
- Declaración responsable de veracidad de todos los datos contenidos en la solicitud y documentos presentados
- Declaración de no estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (anexo I)
- 2Reunir y preparar la documentación complementaria señalada en el artículo 7 de la orden
- 3Cubrir la relación nominal del alumnado matriculado en la aplicación informática Escinf dentro del plazo de presentación de solicitudes
- 4Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
- 5Identificarse y firmar electrónicamente la solicitud mediante cualquiera de los mecanismos admitidos, incluido el sistema Chave365
- 6Presentar la solicitud por medios electrónicos dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia (con plazo máximo del 30 de octubre de 2026 para escuelas con nuevo permiso de inicio de actividades o cambios de titularidad)
- 7Si la presentación se hiciese presencialmente, se requerirá su subsanación mediante presentación electrónica, considerándose como fecha de presentación la de la enmienda
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) - presentación obligatoria por medios electrónicos
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