Convocatoria Pública 2026 de subvenciones para la promoción de la emancipación de la juventud barakaldesa
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Descripción
Subvenciones destinadas a ayudar a jóvenes de Barakaldo a sufragar los gastos anuales de alquiler de vivienda (excluyendo anejos como garajes o trasteros) como medio para favorecer su emancipación y el desarrollo de un proyecto de vida autónoma. La ayuda oscila entre el 20% y el 60% del alquiler, con cuantías máximas mensuales de entre 140 € y 420 € según los ingresos de la unidad de convivencia.
Requisitos
- Ser persona beneficiaria conforme al artículo 2 de la Ordenanza reguladora de estas subvenciones (jóvenes barakaldeses)
- Tener ingresos derivados del trabajo personal referidos al año 2025 iguales o superiores a 9.000 € brutos anuales
- No superar 30.000 € brutos anuales si la unidad de convivencia está formada por un solo miembro, o 40.000 € si tiene más de un miembro
- No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No haber recibido ni tener concedida otra ayuda para el mismo fin
- Cumplir el resto de requisitos establecidos en el artículo 2 de las Bases Reguladoras
Documentación necesaria
- Solicitud firmada por todas las personas solicitantes
- Copia del DNI de todas las personas solicitantes
- Documento de datos de terceros con la domiciliación bancaria
- Copia del contrato de arrendamiento de vivienda
- Justificantes del pago de la renta desde enero de 2026 hasta la presentación de la solicitud
- Justificantes en los casos de excepción a no poseer vivienda en propiedad (art. 2.8 Bases Reguladoras)
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Declaración de no haber recibido ni tener concedida otra ayuda para el mismo fin
- Cualquier otra documentación necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos
- En caso de oposición a la consulta de datos: certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Foral y con la Seguridad Social, y Certificado de Bienes y Rentas de la Hacienda Foral de Bizkaia de 2025
Cómo solicitar
- 1Acceder al Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Barakaldo (www.barakaldo.eus)
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud de subvención
- 3Adjuntar la documentación acreditativa exigida en la convocatoria
- 4Presentar la solicitud telemáticamente o por los medios previstos en los artículos 14.1 y 16.4 de la Ley 39/2015, dentro del plazo establecido (del 27 de julio al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive)
- 5Esperar la resolución mediante Decreto de Alcaldía, que se dictará en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de solicitud
- 6Justificar el gasto antes del 31 de enero de 2027 conforme al artículo 6 de las Bases Reguladoras
Dónde: Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Barakaldo (www.barakaldo.eus) - Herriko Plaza, 1, 48901 Barakaldo
Pregunta sobre esta ayuda
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