Acuerdo de la Junta de Gobierno 13/03/2026 por la que se aprueban las normas reguladoras de la Convocatoria de Ayudas Económicas Familiares 2025
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Descripción
Prestaciones temporales, dinerarias o en especie, destinadas a familias con menores de edad a su cargo empadronadas en Sevilla que carecen de recursos económicos suficientes, dirigidas a cubrir necesidades básicas de los menores y a la prevención de factores de riesgo. El presupuesto total asignado es de 1.207.996 € (457.996 € en ayudas dinerarias y 750.000 € en especie), financiado por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Requisitos
- Unidad familiar de convivencia empadronada y residente en el municipio de Sevilla (salvo circunstancias excepcionales acreditadas de violencia de género o inmigración)
- Tener menores de edad a cargo
- Insuficiencia de recursos económicos de la unidad familiar para cubrir las necesidades básicas de los menores
- Haber justificado las ayudas económicas concedidas por los Servicios Sociales Municipales durante los últimos 12 meses
- Las ayudas deben ser propuestas por los profesionales de los Servicios Sociales en el marco de la Intervención Técnica
- Los ingresos netos de la unidad familiar no deben superar los umbrales establecidos según el IPREM anual de 2025 (8.400 €), con coeficientes de equivalencia según composición y circunstancias familiares
- Compromiso de colaboración de la familia en el proyecto de intervención o tratamiento familiar
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa de los ingresos netos de todas las personas integrantes de la unidad familiar
- Sentencia judicial de separación o divorcio con pensión alimenticia (en su caso)
- Denuncia por impago de pensión alimenticia (si procede)
- Acreditación de circunstancias familiares (familia monoparental, numerosa, discapacidad, dependencia, menores de reciente desinstitucionalización)
- Certificado de empadronamiento y residencia en Sevilla
Cómo solicitar
- 1La familia debe estar siendo atendida por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sevilla
- 2Los/las profesionales de los Servicios Sociales realizan una valoración técnica de la situación familiar
- 3Se elabora un Informe Socio-familiar (Baremo Anexo II) donde se define y cuantifica la ayuda
- 4Se propone la concesión de la ayuda en el marco de un proyecto de intervención o tratamiento familiar
- 5La concesión se realiza mediante Resolución de la Dirección General con competencias en servicios sociales
- 6El pago se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la persona perceptora
Dónde: Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sevilla (las ayudas son propuestas por los profesionales de los Servicios Sociales en el marco de la Intervención Técnica)
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