SUBVENCIÓN NOMINATIVA EUSKALTEGIA KULTUR ELKARTEA 2026
ImporteHasta 20.600 €
Estadoabierta
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Descripción
Cultura
Requisitos
- El personal docente debe contar como mínimo con un nivel C1 de euskera acreditado y haber realizado un curso de glotodidáctica
- Hacer constar en la publicidad que los cursos son subvencionados por la Mancomunidad, utilizando su imagen corporativa oficial
- Acreditar ante la mancomunidad el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos, así como la ejecución de la actividad subvencionada
- Notificar a la mancomunidad la obtención de otras subvenciones, ingresos o aportaciones para la misma actividad
- Tener a disposición de la mancomunidad los libros contables, registros actualizados y documentos supervisados conforme a la legislación mercantil aplicable
- Conservar la documentación justificativa de los gastos subvencionados, incluidos los documentos electrónicos, durante el período necesario para su verificación y control
- Devolver la subvención en caso de incurrir en alguna de las causas de reintegro previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003
- Colaborar con los órganos de control de la mancomunidad y otros organismos competentes en la verificación y fiscalización de los fondos recibidos
- Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Informe con el balance didáctico del curso finalizado (antes del 16 de junio de 2026)
- Relación de alumnos matriculados tras la campaña de febrero, con sus datos personales y justificantes de pago
- Cambios producidos por las nuevas matriculaciones en los grupos (grupos con nuevos alumnos o grupos nuevos creados)
- Número de horas lectivas impartidas por grupo
- Registros de asistencia por grupo
- Información sobre el nuevo curso: alumnado, grupos, niveles, horarios, docentes, fichas de asistencia y justificantes de pago de matrícula (antes del 2 de diciembre de 2026)
- Datos sobre cursos impartidos fuera del periodo lectivo ordinario (julio, agosto o septiembre): alumnado, grupos, niveles, horarios, docentes, fichas de asistencia y justificantes de pago
- Memoria económica detallada de ingresos y gastos, indicando origen, naturaleza y estado de tramitación de todas las ayudas (incluidas matrículas del alumnado)
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente y justificantes acreditativos del pago
- Declaración responsable de que los ingresos anuales corresponden a los declarados y no superan a los gastos
- Declaración responsable de cumplir los requisitos de los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Cómo solicitar
- 1Firma del convenio de colaboración entre la Mancomunidad y el Euskaltegi IKA
- 2Pago de la primera parte de la subvención (4.600 €) tras la firma del convenio
- 3Presentación de la documentación requerida en la base 6.1 hasta el 16 de junio de 2026, para el pago de la segunda parte (8.000 €)
- 4Presentación de la documentación requerida en la base 6.2 hasta el 2 de diciembre de 2026, para el pago de la tercera parte (8.000 €)
- 5En caso de errores o falta de documentos, se conceden 10 días para subsanar; si no se subsana, se entiende que el euskaltegi renuncia a sus pretensiones
- 6Toda la documentación se presenta telemáticamente a través del registro electrónico de la mancomunidad
- 7Los pagos del segundo y tercer plazo se efectúan previa resolución favorable de la presidencia de la mancomunidad
Dónde: Registro electrónico de la Mancomunidad de Servicios Generales de Malerreka (presentación telemática)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913458Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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