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Bases ayudas Asociaciones 2026

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Descripción

Ayudas económicas destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Liédena para fomentar actividades culturales, deportivas y/o sociales de interés general abiertas a todos los habitantes. La subvención cubre como máximo el 50% del presupuesto aceptado de gastos subvencionables, hasta un máximo de 7.000 euros por asociación, con un crédito total de 14.000 euros.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas antes del 1 de enero de 2026
  • Tener la sede social y fiscal en el municipio de Liédena
  • Estar al corriente de pago de impuestos y obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Liédena, así como de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Ser una asociación sin ánimo de lucro
  • No concurrir en las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Que los Estatutos recojan entre sus fines la promoción o realización de actividades culturales, y/o deportivas y/o sociales

Documentación necesaria

  • Anexo I (Solicitud): Fichas 1, 2 y 3 conforme al modelo oficial
  • Fotocopia del CIF de la asociación
  • Fotocopia del DNI del representante legal firmante de la solicitud
  • Certificado oficial de hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o declaración responsable en caso de no estar obligada
  • Certificado de ayudas solicitadas y/o concedidas por otras Administraciones Públicas o entidades en el presente ejercicio presupuestario, indicando importe y fecha de solicitud y/o concesión, o certificado de su ausencia
  • Declaración responsable de que los Estatutos no se han modificado, si ya obran en poder del Ayuntamiento
  • Anexo II: Tabla de justificación de gastos (uno por cada actividad)
  • Anexo III: Memoria de las actividades llevadas a cabo y personal contratado (uno por actividad)
  • Anexo IV: Ficha 1 - Declaración responsable del Presidente/a y Ficha 2 - Certificación del Secretario/a
  • Facturas emitidas a la asociación y sus justificantes de pago con fechas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • Recibís sin factura (máximo 500 euros totales por receptor) cuando la actividad no se pueda acreditar por otro medio

Cómo solicitar

  1. 1Obtener y cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I fichas 1, 2 y 3) en documento editable desde la web del Ayuntamiento de Liédena (www.liedena.es)
  2. 2Adjuntar la documentación preceptiva indicada (CIF, DNI, certificados, declaración responsable de Estatutos)
  3. 3Presentar la solicitud preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Liédena (https://liedena.sedelectronica.es)
  4. 4Si no es posible la presentación telemática, presentarla excepcionalmente de manera presencial en las oficinas del Ayuntamiento de Liédena de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  5. 5Subsanar en el plazo de 10 días hábiles si la solicitud no reuniera los datos o documentación preceptiva, en caso contrario se tendrá por desistido de la petición
  6. 6Esperar la resolución de Alcaldía en un plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
  7. 7Consultar la resolución publicada en la web del Ayuntamiento (www.liedena.es) y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica
  8. 8Realizar la actividad subvencionada entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  9. 9Justificar los gastos hasta el 14 de julio de 2026 (parcial) o el 30 de noviembre de 2026 (final), mediante Anexos II, III y IV junto con facturas y justificantes de pago

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Liédena (https://liedena.sedelectronica.es) o presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas

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Fuente oficial https://liedena.es/wp-content/uploads/2026/05/Bases-de-la-convocatoria-2026.pdfDatos extraídos el 17 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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