Bases ayudas Asociaciones 2026
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Descripción
Ayudas económicas destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Liédena para fomentar actividades culturales, deportivas y/o sociales de interés general abiertas a todos los habitantes. La subvención cubre como máximo el 50% del presupuesto aceptado de gastos subvencionables, hasta un máximo de 7.000 euros por asociación, con un crédito total de 14.000 euros.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas antes del 1 de enero de 2026
- Tener la sede social y fiscal en el municipio de Liédena
- Estar al corriente de pago de impuestos y obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Liédena, así como de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
- Ser una asociación sin ánimo de lucro
- No concurrir en las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Que los Estatutos recojan entre sus fines la promoción o realización de actividades culturales, y/o deportivas y/o sociales
Documentación necesaria
- Anexo I (Solicitud): Fichas 1, 2 y 3 conforme al modelo oficial
- Fotocopia del CIF de la asociación
- Fotocopia del DNI del representante legal firmante de la solicitud
- Certificado oficial de hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o declaración responsable en caso de no estar obligada
- Certificado de ayudas solicitadas y/o concedidas por otras Administraciones Públicas o entidades en el presente ejercicio presupuestario, indicando importe y fecha de solicitud y/o concesión, o certificado de su ausencia
- Declaración responsable de que los Estatutos no se han modificado, si ya obran en poder del Ayuntamiento
- Anexo II: Tabla de justificación de gastos (uno por cada actividad)
- Anexo III: Memoria de las actividades llevadas a cabo y personal contratado (uno por actividad)
- Anexo IV: Ficha 1 - Declaración responsable del Presidente/a y Ficha 2 - Certificación del Secretario/a
- Facturas emitidas a la asociación y sus justificantes de pago con fechas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
- Recibís sin factura (máximo 500 euros totales por receptor) cuando la actividad no se pueda acreditar por otro medio
Cómo solicitar
- 1Obtener y cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I fichas 1, 2 y 3) en documento editable desde la web del Ayuntamiento de Liédena (www.liedena.es)
- 2Adjuntar la documentación preceptiva indicada (CIF, DNI, certificados, declaración responsable de Estatutos)
- 3Presentar la solicitud preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Liédena (https://liedena.sedelectronica.es)
- 4Si no es posible la presentación telemática, presentarla excepcionalmente de manera presencial en las oficinas del Ayuntamiento de Liédena de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5Subsanar en el plazo de 10 días hábiles si la solicitud no reuniera los datos o documentación preceptiva, en caso contrario se tendrá por desistido de la petición
- 6Esperar la resolución de Alcaldía en un plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
- 7Consultar la resolución publicada en la web del Ayuntamiento (www.liedena.es) y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica
- 8Realizar la actividad subvencionada entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
- 9Justificar los gastos hasta el 14 de julio de 2026 (parcial) o el 30 de noviembre de 2026 (final), mediante Anexos II, III y IV junto con facturas y justificantes de pago
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Liédena (https://liedena.sedelectronica.es) o presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas
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