CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A LA ORDEN 1934/2022, DE 1 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL ÁREA DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DEL PARQUE NACIONAL SIERRA DE GUADARRAMA A CARGO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXTGENERATION EU Y LA CONVOCATORIA DE ESTAS AYUDAS PARA EL EJERCICIO 2022.
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Descripción
Subvenciones destinadas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para financiar actuaciones que promuevan el desarrollo socioeconómico basado en la conservación de ecosistemas y biodiversidad en la Reserva de la Biosfera Cuencas Altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama. El importe máximo es de 100.000 € por entidad local y 50.000 € por entidad sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Ser entidad local o entidad sin ánimo de lucro
- Que la actuación cumpla los artículos 10 (actuaciones subvencionables) y 11 (gastos subvencionables) de la Orden 1933/2022, de 29 de junio
- Disponer de informes técnicos territoriales favorables
- Presentar la solicitud en plazo y forma conforme a la Orden 1933/2022, de 29 de junio
- Acreditar la subsanación de la documentación requerida en tiempo y forma
Documentación necesaria
- Solicitud conforme a la Orden 1933/2022, de 29 de junio
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los artículos 10 y 11 de la Orden 1933/2022 (actuaciones y gastos subvencionables)
- Informes técnicos territoriales favorables
- Documentación requerida para la subsanación según artículo 14.3 de la Orden 1933/2022
- Cualquier otra documentación exigida en el artículo 9 de la Orden 1933/2022
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud conforme a las bases reguladoras de la Orden 1933/2022, de 29 de junio
- 2Subsanar la documentación requerida en caso de requerimiento por el órgano instructor (artículo 14.3)
- 3Esperar la valoración técnica y económica por los servicios técnicos de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
- 4Examen por el Comité Técnico de Evaluación previsto en el artículo 15
- 5Notificación de la Propuesta de Resolución Provisional
- 6Formular alegaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Propuesta de Resolución Provisional
- 7Presentación de la documentación a través del Registro Electrónico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura o en los registros del artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015
Dónde: Registro Electrónico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura o presencialmente en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, calle Alcalá nº 16, Madrid (lunes a viernes de 9:00 a 14:00), así como en los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
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