CONVOCATORIA AYUDAS COVID
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Descripción
Ayudas directas de hasta 800 euros por beneficiario, destinadas a comercios, autónomos, hostelería y pequeñas empresas de Fitero para cubrir gastos corrientes (electricidad, teléfono/internet, alquiler, hipoteca del local) y de adaptación a las medidas COVID-19, con el fin de mitigar la pérdida de facturación derivada del cierre o reducción de actividad durante el estado de alarma.
Requisitos
- Ser pequeña empresa o persona física dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas como actividad empresarial, válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud
- Tener el centro de trabajo en el término municipal de Fitero
- Haber sufrido el cierre temporal, una reducción de facturación del 75%, la concesión de la prestación por cese de actividad o la autorización de un ERTE como consecuencia del Real Decreto 463/2020 y sus modificaciones y prórrogas
- Estar al corriente de pago de las obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fitero, tanto en el momento de la solicitud como en el de la liquidación
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo del Anexo I
- Documento acreditativo de haber obtenido la concesión de ayuda por parte del Gobierno de España por uno de estos conceptos: cese total de la actividad, pérdida de facturación del 75% o autorización de ERTE
- Justificación de los gastos
- Certificados de estar al corriente de pago con Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento de Fitero
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo del Anexo I
- 2Reunir la documentación requerida (documento acreditativo de la ayuda del Gobierno de España, justificación de gastos y certificados de estar al corriente de pago)
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro del Ayuntamiento de Fitero en horario de apertura, o en cualquier registro oficial previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, comunicándolo al Ayuntamiento por correo electrónico a ayuntamiento@fitero.es
- 4En su caso, subsanar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles
- 5Esperar la Resolución de Alcaldía, que se notificará en un plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud
- 6Recibir el pago de la subvención en un plazo máximo de 30 días a partir de la resolución de concesión
Dónde: Registro del Ayuntamiento de Fitero (también en otros registros oficiales del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, comunicándolo a ayuntamiento@fitero.es)
Pregunta sobre esta ayuda
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