2024 Bases Convocatoria Área Cultura
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Descripción
Ayudas económicas del Ayuntamiento de Estella-Lizarra destinadas a asociaciones y particulares para apoyar la organización de actividades culturales (cursos, talleres, conciertos, teatro, cine, exposiciones, etc.) y actividades de promoción del uso del euskera, abiertas a toda la ciudadanía. La cuantía no podrá superar el 75% del coste real de la actividad (IVA deducible excluido) ni el déficit generado, y se abonará un 80% como adelanto y el 20% restante tras la justificación.
Requisitos
- Asociaciones: estar legalmente inscritas en el Gobierno de Navarra, dedicadas al estudio, protección o promoción de bienes culturales o de la vida artística, y tener sede en Estella-Lizarra
- Personas físicas: ser mayores de 16 años y estar empadronadas en Estella-Lizarra
- Las actividades programadas deben ser públicas y estar abiertas a todas las personas vecinas de Estella-Lizarra
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documentación necesaria
- Instancia Oficial del Ayuntamiento
- Copia del CIF de la entidad solicitante
- Memoria explicativa de la labor realizada o a realizar
- Presupuesto aproximado de gastos e ingresos, con desglose de IVA deducible y no deducible
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Declaración responsable de cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Para justificación: declaración jurada de aplicación de facturas a la actividad subvencionada
- Declaración jurada sobre la deducibilidad del IVA de cada factura
- Facturas originales o fotocopias compulsadas por Secretaría del Ayuntamiento
- Justificantes de pago de los gastos (transferencias bancarias, recibís u otros)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la Instancia Oficial del Ayuntamiento
- 2Reunir la documentación requerida (CIF, memoria, presupuesto, certificados tributarios)
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Estella-Lizarra entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024
- 4Esperar la valoración de la Comisión de Cultura, Patrimonio y Festejos y/o la Comisión de Euskera
- 5Recibir la resolución de la Junta de Gobierno Local y notificación individual
- 6Recibir el 80% de la subvención en concepto de adelanto tras la concesión
- 7Realizar la actividad subvencionada citando al Ayuntamiento en la propaganda (en castellano y euskera)
- 8Justificar el gasto antes del 31 de diciembre de 2024 presentando la documentación justificativa en el Registro General
- 9Recibir el 20% restante tras la justificación adecuada del gasto
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Estella-Lizarra
Pregunta sobre esta ayuda
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