Ayudalíza
Ayuntamiento de Estella-Lizarra (junto con Ayuntamientos de Muniain-Aberin y Morentin)

Bases para la concesión de prestaciones económicas a personas o unidades familiares en situación de emergencia social 2025

ImporteHasta 19.550 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2025
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Descripción

Ayudas económicas puntuales, subsidiarias y no periódicas destinadas a personas o unidades familiares vecinas de la zona básica de Estella-Lizarra, Muniain-Aberin y Morentin que carecen de recursos suficientes para cubrir necesidades básicas (alojamiento, suministros, nutrición, salud, educación e integración sociolaboral), con el fin de evitar o paliar situaciones de riesgo de exclusión social. El presupuesto total de la convocatoria asciende a 19.550€.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado/a con menores a cargo
  • Presentar una situación extraordinaria que dificulte afrontar gastos específicos necesarios para evitar o paliar situaciones de exclusión social
  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Estella-Lizarra, Muniain-Aberin o Morentin, con un mínimo de tres meses de antigüedad en el empadronamiento
  • Ser usuario/a de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, Muniain-Aberin o Morentin y estar implicado/a en un proceso de intervención social
  • Carecer de medios económicos propios suficientes para hacer frente a la situación
  • Contar con ingresos económicos de la unidad familiar en los seis últimos meses inferiores a dos veces la Renta Garantizada para esa unidad familiar
  • Estar al corriente, todas las personas mayores de edad de la unidad familiar, de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento correspondiente
  • Excepcionalmente, podrán ser beneficiarias personas que no reúnan los requisitos si acreditan causas graves o urgente necesidad valorada por los servicios sociales

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o documento acreditativo de la persona solicitante y demás miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia del libro de familia o partidas de nacimiento
  • Certificado de empadronamiento y convivencia
  • Justificación documental y/o declaración jurada de los ingresos de la unidad familiar en los últimos seis meses
  • Justificante de la deuda o presupuesto ajustado a la necesidad básica y urgente por la que se solicita la ayuda
  • Justificante de encontrarse al corriente de pago o cuantía de deudas tributarias con el Ayuntamiento de Estella-Lizarra (máximo 3 meses antes)
  • Justificante de encontrarse al corriente de pago o cuantía de deudas con la Seguridad Social (máximo 3 meses antes)
  • Convenio de separación, si se encontrara en esta situación
  • Instancia-solicitud normalizada disponible en el SSB municipal de Estella-Lizarra

Cómo solicitar

  1. 1Acudir al Servicio Social de Base (SSB) del Ayuntamiento de Estella-Lizarra para que las profesionales conozcan y valoren el caso
  2. 2Cumplimentar la instancia-solicitud disponible en el SSB, con datos de identificación, demanda y cuantía económica solicitada
  3. 3Adjuntar la documentación requerida por el SSB
  4. 4Las profesionales del SSB elaborarán un informe justificativo de la demanda
  5. 5El SSB remitirá la instancia, documentación e informe al Ayuntamiento
  6. 6Resolución de la solicitud en un plazo máximo de cuatro días hábiles
  7. 7Concesión mediante Resolución de Alcaldía, dando cuenta en la siguiente Comisión de Asuntos Sociales
  8. 8Abono del 100% de la subvención previa presentación de factura, mediante domiciliación directa a la entidad o establecimiento donde se realiza el gasto

Dónde: Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Estella-Lizarra (Paseo Inmaculada, nº 1 de Estella-Lizarra)

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Fuente oficial https://www.estella-lizarra.com/wp-content/uploads/2025/01/BASES-AYUDAS-EMERGENCIA-2025.pdfDatos extraídos el 17 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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