Bases Campamentos verano euskera, 2025
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Descripción
Ayudas económicas del Ayuntamiento de Estella-Lizarra para financiar parcialmente la participación de alumnado de modelo D en campamentos de verano íntegramente en euskera, con un máximo de 125 € por persona y sin superar el 40% del gasto total, destinadas a familias tutoras de estudiantes empadronadas en Estella-Lizarra.
Requisitos
- Ser tutor/a legal de un/a estudiante de Educación Primaria o ESO.
- Que el/la menor sea estudiante de modelo D (en escuela pública o ikastola).
- Estar empadronado/a en Estella-Lizarra durante la duración del campamento y en el momento de solicitar y resolver la ayuda, con al menos un año de antigüedad de empadronamiento en la fecha de publicación de la convocatoria.
- Encontrarse al corriente de pago de deudas tributarias con el Ayuntamiento de Estella-Lizarra.
- Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario regulados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante (padre, madre o tutor/a legal del menor).
- Certificado de escolarización del centro donde estudie el/la menor, con indicación del nombre del centro y del modelo lingüístico.
- Certificado de la entidad organizadora del campamento con detalle de las condiciones (tratamiento del euskera y objetivos lingüísticos, fechas de duración, folleto o programa de actividades) y certificado de asistencia.
- Recibo de pago de la matrícula (expedido por entidad bancaria) en el que conste pagado el 100% de la cuota.
- Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria donde se desea recibir el ingreso de la subvención (IBAN, con la persona solicitante entre los titulares).
Cómo solicitar
- 1Reunir la documentación requerida (DNI, certificado de escolarización, certificado del campamento, recibo de matrícula y datos bancarios).
- 2Presentar la solicitud durante el mes de septiembre de 2025 en el Registro General del Ayuntamiento de Estella-Lizarra (Paseo de la Inmaculada, nº 1, 31200 Estella/Lizarra), en la Sede Electrónica (https://sedeelectronica.estella-lizarra.com), en la web municipal www.estella-lizarra.com o en cualquiera de los registros oficiales previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
- 3Si se presenta en un registro externo, comunicar este hecho al Ayuntamiento dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes.
- 4En caso de que la solicitud no reúna los requisitos o la documentación establecida, subsanar en el plazo máximo e improrrogable de diez días desde el requerimiento.
- 5Esperar la valoración por parte del Servicio de Euskera y la resolución por acuerdo de Junta de Gobierno Local.
- 6Consultar la notificación de la resolución en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento; en caso de denegación o disconformidad, interponer recurso potestativo de reposición en un mes, recurso contencioso-administrativo en dos meses o recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes.
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Estella-Lizarra (Paseo de la Inmaculada, nº 1, 31200 Estella/Lizarra) o Sede Electrónica https://sedeelectronica.estella-lizarra.com (también accesible desde www.estella-lizarra.com), o en cualquiera de los registros oficiales previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
Pregunta sobre esta ayuda
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