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AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, recogidas dentro del plan municipal de lucha contra la despoblación, para el Fomento de la Actividad Económica y el Empleo, 2026.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 50.000 €
Plazo de solicitudHasta 17 nov 2026
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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a autónomos, microempresas y pequeñas empresas con domicilio fiscal en Iznájar para fomentar el mantenimiento de la actividad económica y el empleo en el municipio, dentro del Plan Municipal de Lucha contra la Despoblación. Se otorga una ayuda dineraria con un presupuesto total máximo de 50.000 € con cargo a la partida presupuestaria 4330.479.00.

Requisitos

  • Ser persona trabajadora autónoma o sociedad mercantil con domicilio fiscal en Iznájar
  • Ejercer la actividad principal de forma permanente en un inmueble ubicado en Iznájar o su término municipal
  • Estar dado de alta de forma ininterrumpida en el RETA o mutualidad alternativa correspondiente hasta la fecha de solicitud
  • Tener la condición de micro empresa o pequeña empresa conforme al Reglamento (UE) 651/2014
  • Poseer la licencia de actividad municipal cuando sea exigible
  • Para nuevos emprendedores dados de alta entre el 01/11/2024 y el 31/10/2025: mantener el alta al menos un año desde la notificación de la concesión
  • Para quienes adquieran un bien inmueble en el P.I. Las Arcas: mantener la propiedad un mínimo de 5 años
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local, así como con la Seguridad Social
  • Cumplir los requisitos generales del artículo 4 de la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Iznájar

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar debidamente la solicitud conforme al modelo oficial
  2. 2Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 4
  3. 3Presentar la solicitud dentro del plazo del 3 al 17 de noviembre de 2026
  4. 4La presentación de la solicitud implica la aceptación de las Bases y obligaciones de la convocatoria
  5. 5Subsanar, en su caso, los defectos observados en la documentación aportada

Dónde: Registro del Ayuntamiento de Iznájar (sede electrónica www.iznajar.es o presencialmente)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/919501Datos extraídos el 17 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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