Convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones para el fomento del asociacionismo local.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro y clubes deportivos del municipio de Perales del Puerto para fomentar el asociacionismo juvenil, de mujeres, mayores, cultural, religioso, educativo, deportivo y de actividades económicas. La ayuda máxima por asociación es de 500 euros anuales, con un presupuesto total de 7.000 euros.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas como asociaciones sin ánimo de lucro o clubes deportivos y tener sede en Perales del Puerto a la fecha de publicación de la convocatoria
- Disponer de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- No estar incursas las entidades o sus representantes legales en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente con la Hacienda Pública local, estatal y la Seguridad Social
- Desarrollar sus actividades en el término municipal de Perales del Puerto
Documentación necesaria
- Instancia suscrita por el beneficiario dirigida al Alcalde-Presidente, solicitando el pago de la subvención, indicando el número de cuenta para la transferencia
- Proyecto Anual de Actividades o Proyecto de organización de actividades específicas, con identificación de la asociación, nombre y descripción del proyecto, justificación, colectivos destinatarios, número de participantes, temporalización, presupuesto y medios de financiación
- Facturas originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas del gasto y justificantes del pago
- Declaración acreditativa de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención
- Certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Perales del Puerto en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 (incluida la vía telemática)
- 2Aportar la documentación requerida: instancia, proyecto anual de actividades, facturas y justificantes, declaración de cumplimiento de finalidad y certificados de estar al corriente con hacienda y Seguridad Social
- 3Subsanar los posibles defectos en el plazo máximo de 10 días si el órgano competente lo requiere
- 4El órgano instructor evaluará las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos
- 5Notificación de propuesta de resolución provisional con plazo de 10 días para alegaciones
- 6Comunicación de aceptación de la subvención en plazo de 5 días hábiles tras la propuesta de resolución definitiva
- 7Resolución por el Alcalde-Presidente, con notificación a los interesados
Dónde: Registro de entrada del Ayuntamiento de Perales del Puerto (Avda. Sierra de Gata nº 12, C.P. 10896) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, incluyendo presentación telemática
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