Ayudas para la adecuación de cubiertas, ejercicio 2026
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Descripción
Ayudas municipales en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a financiar la reparación, sustitución e impermeabilización de cubiertas de inmuebles ubicados en el casco antiguo y barrios específicos (Fraga, Alcudia, Els Algars y Poble Nou de Sant Rafel) de Cocentaina. La ayuda cubre hasta el 80% del presupuesto protegido, con un límite máximo de 12.000 € por inmueble, dirigida a propietarios particulares y comunidades de propietarios.
Requisitos
- El edificio debe estar ubicado en las calles indicadas en la base primera (casco antiguo o barrios Fraga, Alcudia, Els Algars, Poble Nou de Sant Rafel)
- El edificio debe tener una antigüedad mínima de 50 años
- Disponer del Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en vigor conforme al modelo autonómico (Decreto 53/2018)
- No iniciar las obras antes de la supervisión previa por técnicos municipales (salvo obras iniciadas a partir del 1 de enero de 2026 con licencia previa)
- Cumplir con la normativa urbanística municipal (PGOU, ordenanzas, Plan Especial de Protección de la Muralla)
- Que la intervención sea completa y obedezca a criterios de economía y eficiencia
- Que las soluciones contemplen la eliminación de elementos no permitidos según el Plan Especial de Protección de la Muralla o el PGOU
- No haber recibido ayudas públicas para adecuación de cubiertas en los últimos 5 años para el mismo inmueble
- No estar incurso en ninguno de los supuestos previstos en los apartados 2º y 3º del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- Que el coste total subvencionable no supere los costes medios de mercado de la Comunitat Valenciana
Documentación necesaria
- Modelo específico de solicitud (de uso obligatorio)
- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante (o DNI de cada copropietario y del representante)
- En caso de comunidades de propietarios: acta que acredite la legitimidad del representante y acta con el acuerdo de la comunidad para la adecuación de la cubierta
- DNI del representante y tarjeta del CIF si el solicitante es persona jurídica
- Escritura de constitución, estatutos y certificación de inscripción en el Registro correspondiente (personas jurídicas)
- Certificación del acuerdo del órgano competente (personas jurídicas)
- Acreditación de la titularidad del edificio: escritura pública de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad, con cuota de participación de copropietarios
- Acreditación de la antigüedad del edificio según Catastro inmobiliario
- Fotografía de la zona del edificio sobre la que se quiere actuar
- Memoria de la actuación con estado de conservación de la cubierta y descripción de la intervención
- Presupuestos desglosados por unidades de obra con IVA desglosado, firma y sello de empresa, NIF, fecha y plazo de vigencia
- Tres ofertas de distintos proveedores si el coste de las obras supera 10.000 €
- Ficha de mantenimiento de terceros con cuenta bancaria para recibir la ayuda
- Declaración jurada de no estar incurso en supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Declaración jurada sobre otras ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin
- Compromiso de disponer del IEE en vigor a fecha de finalización del período de justificación
- Autorización para consulta interactiva de obligaciones tributarias (AEAT) y con la Seguridad Social (TGSS), o certificados correspondientes
- Para obras ya realizadas: fotografías antes y después, licencia de obras/declaración responsable, facturas y justificantes de pago
Cómo solicitar
- 1Descargar el modelo específico de solicitud en las dependencias municipales o en la sede electrónica municipal (apartado de subvenciones del catálogo de trámites)
- 2Cumplimentar el modelo de solicitud dirigido a la Alcaldía del Ayuntamiento de Cocentaina
- 3Reunir toda la documentación requerida según se trate de persona física, jurídica o comunidad de propietarios
- 4Si la solicitud la presenta un sujeto del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, presentarla obligatoriamente a través de la Sede Electrónica municipal (http://cocentaina.sedeelectronica.es)
- 5Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento (Plaça de la Vila, 1 de Cocentaina) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 6Esperar la revisión de la solicitud; si falta documentación, se otorgará un plazo de 10 días para subsanar
- 7Una vez admitida a trámite, esperar la supervisión previa por técnicos municipales (si las obras no han sido iniciadas)
- 8Solicitar la correspondiente licencia de obras o declaración responsable
- 9Ejecutar las obras y, tras su finalización, presentar la documentación de justificación prevista en la base decimocuarta
- 10Recibir el pago de la ayuda una vez comprobada la justificación por los Servicios Técnicos Municipales (o solicitar anticipo según base decimotercera)
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Cocentaina (Plaça de la Vila, 1) o Sede Electrónica municipal (http://cocentaina.sedeelectronica.es) - obligatoriamente por sede electrónica para los sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015
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