Ayudalíza
Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias (Dirección General de Administración Local) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Texto del decreto

Estadodesconocido

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Subvenciones directas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para colaborar en la financiación de los gastos de personal del Cuerpo de Policía Local o, en su defecto, del servicio de Auxiliares de Policía durante la anualidad 2024, en el marco del Programa de Ayuda a las Policías Locales 2021-2025. La cuantía máxima por Ayuntamiento se determina según intervalos de población y la ratio de policías/auxiliares por cada mil habitantes, con detalle en los Anexos II y III del decreto, y se abona en dos pagos (enero-septiembre y octubre-diciembre).

Requisitos

  • Ser Ayuntamiento de la Región de Murcia
  • No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos mediante declaración responsable conforme al Anexo I

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del Alcalde-Presidente conforme al modelo del Anexo I
  • Certificación del Interventor (o Tesorero General del Ayuntamiento cuando sea titular de la función de contabilidad) sobre los gastos de personal del primer periodo conforme al Anexo IV, a presentar antes del 5 de noviembre de 2024
  • Memoria justificativa suscrita por la alcaldía, con detalle de plantilla de funcionarios policiales y del gasto total anual en los conceptos retributivos subvencionables, según Anexo V
  • Prueba gráfica acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad en el portal web
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones obtenidos para la misma finalidad, con indicación de importe y procedencia, o declaración expresa de no haberse recibido, suscrita por el Interventor o Tesorero con el visto bueno de la alcaldía
  • Relación clasificada de los gastos de personal conforme al Anexo VI, suscrita por el Secretario/a del Ayuntamiento con el visto bueno de la alcaldía
  • Nóminas y documentos de ingreso de cuotas a la Seguridad Social (TC1/RLC y TC2/RNT)
  • Justificantes bancarios de pago de nóminas (resguardo de transferencia con identificación de ordenante, destinatario, concepto, importe y fecha)
  • Justificantes bancarios del pago de cuotas sociales (resguardo de cargo en cuenta o extracto bancario sellado, identificando concepto, importe, fecha y relación nominal de trabajadores)

Cómo solicitar

  1. 1La subvención se concede de forma directa mediante Orden del titular de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias, en la que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables
  2. 2El órgano competente para la ordenación, instrucción y seguimiento de la justificación es la Dirección General de Administración Local
  3. 3El Ayuntamiento presenta declaración responsable conforme al modelo del Anexo I ante la Dirección General de Administración Local
  4. 4Justificación del primer periodo (1 de enero a 30 de septiembre de 2024): presentación, antes del 5 de noviembre de 2024, de certificación del Interventor conforme al Anexo IV
  5. 5Justificación final completa del ejercicio 2024: plazo de tres meses a contar desde el 1 de enero de 2025 (con posibilidad de ampliación por la mitad del plazo), mediante la documentación establecida en el artículo 9.4 del decreto
  6. 6Cumplimiento de la obligación de publicidad: inserción en lugar visible de la página de inicio del portal web del Ayuntamiento de la leyenda «El Ayuntamiento de _____ se encuentra acogido al Programa de Ayuda a las Policías Locales de los Municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025»
  7. 7Portar en la manga izquierda de las prendas de uniformidad de uso externo el emblema de brazo de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 14 del Decreto 8/1991

Dónde: Dirección General de Administración Local de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Pregunta sobre esta ayuda

Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.

El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.

Descargar la app
Fuente oficial https://www.yecla.es/wp-content/uploads/2024/10/BORM-2024-5279.pdfDatos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.