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Descripción
Subvenciones directas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para financiar la adquisición de medios materiales (vehículos, armas, equipos informáticos, sistemas de vigilancia, etc.) destinados al Cuerpo de Policía Local o al servicio de Auxiliares de policía. El importe total asignado para 2024 es de 2.306.000 €, distribuido entre los municipios según población y ratio de efectivos policiales por habitante.
Requisitos
- Ser Ayuntamiento de la Región de Murcia
- No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, salvo que estén suspendidas o garantizadas
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos
- Memoria justificativa suscrita por la alcaldía, conforme al Anexo III, detallando los medios materiales adquiridos, su coste y destino
- Prueba gráfica acreditativa del cumplimiento de la obligación de publicidad
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones obtenidos para la misma finalidad, suscrita por el Interventor o Tesorero con el visto bueno de la alcaldía
- Relación clasificada de los gastos conforme al Anexo IV, con concepto, fecha de factura, proveedor, importe y fecha de pago, suscrita por el Alcalde/sa
- Facturas correspondientes a los gastos realizados, con fecha comprendida dentro del plazo de ejecución
- Resguardos del banco de las órdenes de transferencia bancaria
Cómo solicitar
- 1La subvención se concede de forma directa mediante Orden del titular de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias
- 2El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es la Dirección General de Administración Local
- 3Los Ayuntamientos beneficiarios deben presentar declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos
- 4La subvención se abona en un solo pago anticipado, previo a la justificación
- 5Plazo de ejecución: un año desde la fecha de pago efectivo de la ayuda
- 6Justificación ante la Dirección General de Administración Local en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución, aportando la documentación indicada en el artículo 9
Dónde: Dirección General de Administración Local de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias (Comunidad Autónoma de la Región de Murcia)
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