Ayudalíza
Ayuntamiento de Ablitas

Ordenanza reguladora de ayudas para la creación de nuevos negocios, fomento del autoempleo y mejora de actividades económicas.

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Descripción

Subvenciones municipales para quienes creen un nuevo negocio o mejoren uno ya existente en Ablitas (Navarra), subvencionando hasta el 50% de gastos de adecuación de locales, imagen, web, eficiencia energética y equipamiento, con un máximo total de 2.000 € por proyecto, más una ayuda complementaria de 750 € (1.000 € para mayores de 45 años, personas con discapacidad ≥35% o parados de larga duración) por cada puesto de trabajo indefinido creado a jornada completa.

Requisitos

  • Establecerse como autónomo en el municipio de Ablitas (alta en el IAE del municipio)
  • Ser autónomo o comunidad de bienes/sociedad civil ya ubicada en Ablitas que acometa inversiones de mejora
  • Pequeñas sociedades mercantiles (S.L., S.L.L., etc.) con menos de 5 trabajadores y facturación inferior a 500.000 € ubicadas en Ablitas
  • Tener domicilio fiscal y negocio en la localidad de Ablitas
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento de Ablitas
  • Haber solicitado y abonado las correspondientes licencias de obras, licencia de actividades clasificadas, etc.
  • No haber recibido subvención por esta misma ordenanza en años anteriores para las mismas actividades o similares (incluido mismo nombre comercial)
  • No tratarse de un simple cambio de epígrafe del IAE o de promotores manteniendo la actividad económica inicial
  • Mantener la actividad, el alta en la Seguridad Social y los activos fijos subvencionados durante al menos dos años

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Ablitas según modelo normalizado (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI de las personas físicas y CIF de la empresa, si procede
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda Pública y Ayuntamiento de Ablitas
  • Declaración responsable de reunir los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario (Anexo I)
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna prohibición (Anexo I)
  • Relación de solicitudes de subvención para el mismo objeto presentadas ante otros organismos, con cantidad solicitada, nombre de la entidad y cantidad concedida (Anexo I)
  • Certificado de datos bancarios de domiciliación
  • Para nuevos negocios: informe de viabilidad del proyecto (técnico y económico-financiero); para actividades existentes: memoria explicativa de las actuaciones y objetivos
  • Permiso de residencia en caso de nuevos residentes
  • Para solicitar subvención por creación de empleo: modelo TC2 y contrato de trabajo correspondiente
  • Presupuestos de la actividad con desglose de los gastos susceptibles de ser subvencionados
  • Facturas y justificantes de pago de la inversión realizados antes de finalizar el periodo de justificación (art. 12)

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la instancia de solicitud según el modelo normalizado (Anexo I) firmado por el solicitante
  2. 2Reunir toda la documentación requerida en el artículo 10 de la ordenanza
  3. 3Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Ablitas o en cualquiera de los registros oficiales previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
  4. 4En caso de defectos en la documentación, disponer de 10 días naturales para subsanarlos tras requerimiento del órgano instructor
  5. 5Esperar la resolución del Ayuntamiento, que se dictará y notificará en un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud
  6. 6Tras la concesión, presentar en el plazo de 3 meses todas las facturas y justificantes de pago de la inversión subvencionada
  7. 7Recibir el pago en un único cobro del 100% de la cantidad concedida, una vez justificado el gasto, mediante transferencia bancaria

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Ablitas (también en los registros oficiales previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre)

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Fuente oficial https://ablitas.es/wp-content/uploads/ordenanza-creacion-negocio.pdfDatos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.