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Ayuntamiento de Mijas

Aprobación de la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones

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Descripción

Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ayuntamiento de Mijas para incorporar cinco nuevas líneas de ayuda: ayudas económicas por nacimiento, adopción o acogimiento (dirigidas a familias residentes en Mijas, con dotación anual de 100.000 € en 2025 y 2026); premios a la excelencia deportiva (para deportistas empadronados en Mijas, con 100.000 € anuales); premios del Departamento de Fiestas y Tradiciones; subvenciones para la promoción del tejido asociativo cultural; y subvenciones a asociaciones de protección animal. Todas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Requisitos

  • Ser persona física residente y empadronada en el municipio de Mijas (progenitor/a, adoptante o familia de acogida para las ayudas por nacimiento/adopción/acogimiento)
  • Ser persona deportista empadronada en Mijas (para los premios a la excelencia deportiva)
  • Cumplir los requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mijas
  • Acreditar los méritos o condiciones específicas previstas en cada convocatoria (nacimiento/adopción/acogimiento efectivo, méritos deportivos, pertenencia a asociación, etc.)

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo de convocatoria, preferentemente presentada a través de sede electrónica
  • Documentación acreditativa del nacimiento, adopción o acogimiento del menor (libro de familia, certificado de adopción o resolución de acogimiento)
  • Documentación justificativa de los méritos deportivos conseguidos (para los premios a la excelencia deportiva)
  • Certificado de empadronamiento en Mijas
  • Cualquier otra documentación específica exigida en la correspondiente convocatoria anual

Cómo solicitar

  1. 1Aprobación de la convocatoria por el órgano competente del Ayuntamiento de Mijas
  2. 2Presentación de la solicitud junto con la documentación requerida, preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
  3. 3Análisis de las solicitudes y, en su caso, requerimiento de subsanación con plazo improrrogable de diez días (publicado en tablón de edictos y/o notificación electrónica)
  4. 4Constitución de la Comisión de valoración conforme al artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones (OGS)
  5. 5Baremación de las solicitudes y elaboración de propuesta provisional de resolución por la Comisión
  6. 6Fiscalización de la propuesta
  7. 7Elevación de la propuesta definitiva a la Concejalía o, en su caso, a la Junta de Gobierno Local
  8. 8Resolución definitiva y notificación/publicación en el tablón de edictos, página web municipal y Base de Datos Nacional de Subvenciones (plazo máximo de seis meses desde la iniciación)

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Mijas (https://sedeelectronica.mijas.es), preferentemente; también de forma presencial en las oficinas municipales

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