Aprobación de la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones
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Descripción
Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ayuntamiento de Mijas para incorporar cinco nuevas líneas de ayuda: ayudas económicas por nacimiento, adopción o acogimiento (dirigidas a familias residentes en Mijas, con dotación anual de 100.000 € en 2025 y 2026); premios a la excelencia deportiva (para deportistas empadronados en Mijas, con 100.000 € anuales); premios del Departamento de Fiestas y Tradiciones; subvenciones para la promoción del tejido asociativo cultural; y subvenciones a asociaciones de protección animal. Todas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
Requisitos
- Ser persona física residente y empadronada en el municipio de Mijas (progenitor/a, adoptante o familia de acogida para las ayudas por nacimiento/adopción/acogimiento)
- Ser persona deportista empadronada en Mijas (para los premios a la excelencia deportiva)
- Cumplir los requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mijas
- Acreditar los méritos o condiciones específicas previstas en cada convocatoria (nacimiento/adopción/acogimiento efectivo, méritos deportivos, pertenencia a asociación, etc.)
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo de convocatoria, preferentemente presentada a través de sede electrónica
- Documentación acreditativa del nacimiento, adopción o acogimiento del menor (libro de familia, certificado de adopción o resolución de acogimiento)
- Documentación justificativa de los méritos deportivos conseguidos (para los premios a la excelencia deportiva)
- Certificado de empadronamiento en Mijas
- Cualquier otra documentación específica exigida en la correspondiente convocatoria anual
Cómo solicitar
- 1Aprobación de la convocatoria por el órgano competente del Ayuntamiento de Mijas
- 2Presentación de la solicitud junto con la documentación requerida, preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
- 3Análisis de las solicitudes y, en su caso, requerimiento de subsanación con plazo improrrogable de diez días (publicado en tablón de edictos y/o notificación electrónica)
- 4Constitución de la Comisión de valoración conforme al artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones (OGS)
- 5Baremación de las solicitudes y elaboración de propuesta provisional de resolución por la Comisión
- 6Fiscalización de la propuesta
- 7Elevación de la propuesta definitiva a la Concejalía o, en su caso, a la Junta de Gobierno Local
- 8Resolución definitiva y notificación/publicación en el tablón de edictos, página web municipal y Base de Datos Nacional de Subvenciones (plazo máximo de seis meses desde la iniciación)
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Mijas (https://sedeelectronica.mijas.es), preferentemente; también de forma presencial en las oficinas municipales
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