Ayudalíza
Ayuntamiento de Mijas - Concejalía Delegada de Fomento del Empleo

Ayuda a Empresa y Autónomos COVID-19 – Ayuntamiento de Mijas

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Descripción

Ayudas económicas directas y excepcionales destinadas a autónomos/as y empresas con no más de 25 trabajadores en plantilla afectadas por la declaración del Estado de Alarma Sanitaria COVID-19, para paliar los efectos económicos negativos y apoyar el mantenimiento, continuidad y desarrollo de sus actividades empresariales. El importe concedido por beneficiario oscila entre 1.500 € y 6.000 €, abonados mediante transferencia bancaria.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica (autónomo/a o empresa) con domicilio social/actividad en Mijas
  • Ser autónomo/a o empresa con no más de 25 trabajadores/as en plantilla
  • Haberse visto afectado/a por la declaración del Estado de Alarma Sanitaria COVID-19
  • Haber sido incluido/a en los listados del Anexo I de la resolución
  • Disponer de cuenta bancaria para la transferencia
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 37 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones

Documentación necesaria

  • Anexo I de la resolución con los datos identificativos y cuenta bancaria del beneficiario/a
  • Cartel/díptico o pegatina facilitado por el Ayuntamiento de Mijas para acreditar la condición de beneficiario/a
  • Documentación justificativa de la concurrencia de las situaciones que motivaron la concesión, conforme al fundamento de derecho séptimo

Cómo solicitar

  1. 1Publicación del edicto en cumplimiento del artículo 45 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común
  2. 2Notificación a las personas interesadas en la forma y por los cauces legalmente establecidos
  3. 3Resolución de concesión por la Sra. Concejala Delegada de Fomento del Empleo (fechas 30/12/2020)
  4. 4Publicación de la concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) según RD 130/2019
  5. 5Abono mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en el Anexo I, con número de ADO provisional
  6. 6Obligación del beneficiario/a de colocar en lugar visible el cartel/díptico facilitado por el Ayuntamiento
  7. 7Comunicación al órgano concedente de cualquier alteración en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Mijas (https://sede.mijas.es)

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Fuente oficial http://www.mijas.es/wp-content/uploads/2021/02/5%C2%BA%20Edicto%20Beneficiarios%20PLAN%20OREA%20MIJAS.pdfDatos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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