Ayudalíza
Ayuntamiento de Atalaya

Bases de la convocatoria para acceder a las ayudas para suministros mínimos vitales en el ejercicio 2021 (Decreto 11/2021)

ImporteHasta 900 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2021
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Descripción

Ayudas municipales destinadas a unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad para financiar el pago de facturas impagadas de suministros mínimos vitales (energía eléctrica, gas natural/propano/butano y agua potable), incluyendo altas y reconexiones por impago. La cuantía máxima anual oscila entre 700 € (hasta 2 miembros) y 900 € (5 o más miembros), abonándose directamente a las entidades suministradoras para cubrir facturas de luz, agua y gas.

Requisitos

  • Ser mayor de edad o menor huérfano absoluto o emancipado
  • Estar empadronado y residir legal y efectivamente en Extremadura
  • Estar empadronado y residir en Atalaya con una antigüedad mínima de seis meses anteriores a la fecha de solicitud (con excepciones para emigrantes retornados, transeúntes, refugiados, etc.)
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes: los ingresos netos medios mensuales de la unidad de convivencia en los tres meses anteriores no deben superar el 100 % del IPREM mensual (14 pagas) incrementado un 8 % por cada miembro adicional (10 % adicional si hay miembros con discapacidad ≥65 % o dependencia)
  • Si se abona hipoteca o alquiler de la vivienda habitual, se deduce su importe mensual hasta un máximo del 50 % del IPREM mensual
  • No residir en centros institucionales obligado a cubrir las necesidades básicas
  • No convivir temporalmente por razones de estudio
  • No estar conectado fraudulentamente a la red
  • No tener cuantías indebidamente abonadas pendientes de reintegrar de ayudas de suministros mínimos vitales concedidas en los dos años anteriores
  • Todos los requisitos deben concurrir en el momento de presentación de la solicitud y durante la percepción de la ayuda

Documentación necesaria

  • Anexo I (modelo de solicitud) debidamente cumplimentado y dirigido a la Sra. Alcaldesa-Presidenta
  • Copia del DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia (puede recabarse de oficio previa autorización)
  • Copia del libro de familia
  • Copia de sentencia de separación/divorcio o convenio regulador, en su caso
  • Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros mayores de 16 años (certificado de peonadas para régimen agrario, recabable de oficio)
  • Copia de los ingresos de la unidad familiar de los últimos 3 meses (nóminas, declaración IRPF, declaraciones trimestrales)
  • Certificado de pensiones y/o prestaciones del SEPE y Seguridad Social de todos los miembros (recabable de oficio)
  • Certificados negativos del SEPE y Seguridad Social para personas sin ingresos acreditados (recabables de oficio)
  • Copia de la última factura y/o presupuesto de los suministros eléctricos, agua y gas para los que se solicita ayuda
  • Copia del recibo de hipoteca o contrato de alquiler, en su caso
  • Certificado de discapacidad igual o superior al 65 % y/o resolución de reconocimiento de dependencia, si procede
  • Número de cuenta bancaria
  • Anexo II (autorización para presentación en nombre del solicitante) en caso de envío por correo electrónico

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el modelo del Anexo I de las bases
  2. 2Reunir la documentación requerida en el apartado 4.3 de las bases
  3. 3Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.atalaya.es), en 'Trámites y servicios destacados' > 'Registro General'
  4. 4Alternativamente, en caso de imposibilidad telemática, enviar la solicitud con la documentación y el Anexo II (autorización) al correo ayuntamiento@atalaya.es
  5. 5También puede presentarse presencialmente en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Atalaya
  6. 6Los Servicios Sociales municipales comprobarán la documentación y los requisitos
  7. 7La técnica de Servicios Sociales elaborará un informe con propuesta favorable o desfavorable
  8. 8La Sra. Alcaldesa resolverá sobre la concesión de la ayuda
  9. 9Abonar la factura del gas butano en el plazo máximo de 15 días desde la notificación y justificarlo ante el Servicio Social de Atención Social Básica
  10. 10Solicitar el bono social si se cumplen los requisitos establecidos por la normativa estatal

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Atalaya (https://sede.atalaya.es), apartado 'Trámites y servicios destacados' > 'Registro General'; o presencialmente en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Atalaya (C/ Cruz, 2, C.P. 06329 - Atalaya, Badajoz). En caso de imposibilidad telemática: correo electrónico ayuntamiento@atalaya.es

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Fuente oficial http://atalaya.es/repositorio/20210414112449.pdfDatos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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