Ayudalíza
AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS

Convenio Ayto. Baztán. Obras Residencia ancianos

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser el Ayuntamiento de Baztán la entidad beneficiaria de la subvención
  • No estar afectado por causa de prohibición alguna para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme al artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
  • Contar con fondos suficientes que garanticen la finalización de las obras en la Residencia
  • Cumplir las obligaciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones

Documentación necesaria

  • Listado de gastos aplicados a la subvención por importe de 1.000.000 euros, especificando número de documento, concepto, emisor, fecha y cuantía, respaldado por sus comprobantes de gasto y pago (extractos bancarios, recibos y facturas) ajustados al Decreto Foral 23/2013
  • Certificación de que los extractos telemáticos aportados se corresponden con los movimientos reales de la contabilidad y que los importes imputados no se destinarán a otra finalidad
  • Justificantes de la financiación con fondos propios, préstamos u otras subvenciones o recursos, con importe, procedencia y aplicación al objeto subvencionado
  • Cualquier otra documentación que la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas estime necesaria para acreditar la justificación de la subvención

Cómo solicitar

  1. 1Se trata de una subvención nominativa instrumentada mediante convenio, conforme a los artículos 17.2 a) y 25 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
  2. 2La concesión se realiza con cargo a la partida 920005 93100 7609 231B38 'Convenio Ayto. Baztán. Obras Residencia de ancianos' del presupuesto de gastos de 2026
  3. 3El abono se efectúa en el momento de la concesión, mediante un anticipo al Ayuntamiento de Baztán, según el artículo 17.2 a) de la Ley Foral 11/2005
  4. 4La entidad beneficiaria debe presentar la documentación justificativa de las actuaciones antes del 31 de marzo de 2027
  5. 5La última justificación debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2027 para proceder al cierre de la subvención
  6. 6En caso de necesitar ampliación del plazo de justificación, debe solicitarse antes del vencimiento del plazo original y no excederá de la mitad del mismo
  7. 7Informar públicamente de la concesión de la subvención y colocar un cartel en la entrada de la Residencia Francisco Javier Iriarte con el logotipo del Gobierno de Navarra, conforme al Decreto Foral 4/2016

Dónde: Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912460Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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