Convenio Ayto. Baztán. Obras Residencia ancianos
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser el Ayuntamiento de Baztán la entidad beneficiaria de la subvención
- No estar afectado por causa de prohibición alguna para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme al artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
- Contar con fondos suficientes que garanticen la finalización de las obras en la Residencia
- Cumplir las obligaciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
Documentación necesaria
- Listado de gastos aplicados a la subvención por importe de 1.000.000 euros, especificando número de documento, concepto, emisor, fecha y cuantía, respaldado por sus comprobantes de gasto y pago (extractos bancarios, recibos y facturas) ajustados al Decreto Foral 23/2013
- Certificación de que los extractos telemáticos aportados se corresponden con los movimientos reales de la contabilidad y que los importes imputados no se destinarán a otra finalidad
- Justificantes de la financiación con fondos propios, préstamos u otras subvenciones o recursos, con importe, procedencia y aplicación al objeto subvencionado
- Cualquier otra documentación que la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas estime necesaria para acreditar la justificación de la subvención
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención nominativa instrumentada mediante convenio, conforme a los artículos 17.2 a) y 25 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
- 2La concesión se realiza con cargo a la partida 920005 93100 7609 231B38 'Convenio Ayto. Baztán. Obras Residencia de ancianos' del presupuesto de gastos de 2026
- 3El abono se efectúa en el momento de la concesión, mediante un anticipo al Ayuntamiento de Baztán, según el artículo 17.2 a) de la Ley Foral 11/2005
- 4La entidad beneficiaria debe presentar la documentación justificativa de las actuaciones antes del 31 de marzo de 2027
- 5La última justificación debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2027 para proceder al cierre de la subvención
- 6En caso de necesitar ampliación del plazo de justificación, debe solicitarse antes del vencimiento del plazo original y no excederá de la mitad del mismo
- 7Informar públicamente de la concesión de la subvención y colocar un cartel en la entrada de la Residencia Francisco Javier Iriarte con el logotipo del Gobierno de Navarra, conforme al Decreto Foral 4/2016
Dónde: Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912460Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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