3er ANUNCIO CONCESIÓN SUBVENCIONES A EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE GUÍA DE ISORA PARA ATENUAR EL IMPACTO ECONÓMICO COVID-19
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Descripción
Subvenciones en régimen de concesión directa para empresas (personas físicas o jurídicas con o sin trabajadores a cargo) del municipio de Guía de Isora destinadas a atenuar el impacto económico del COVID-19, con importes de hasta 1.000 € para establecimientos afectados por el cierre del RD 465/2020 y hasta 800 € para aquellos con reducción del rendimiento neto del 50% al 60% respecto al semestre natural anterior al estado de alarma.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica, con o sin trabajadores a cargo, con actividad económica en el municipio de Guía de Isora
- Haber visto afectada la actividad por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo (que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo), o bien
- No haber sido afectado por dicho cierre pero haber sufrido una reducción del rendimiento neto (ingresos y gastos deducibles fiscalmente) entre el 50% y el 60% en relación con la media del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias Estatales y Autonómicas, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Guía de Isora
- No ser deudor/a por resolución de procedencia de reintegro
Documentación necesaria
- Anexo II (solicitud) presentado en la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento
- Documentación exigida en la Base 10ª de las normas reguladoras
- Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Certificados emitidos por los organismos competentes (AEAT, Seguridad Social, Ayuntamiento) que obran en el expediente
- Cuenta justificativa del gasto subvencionable realizado
- Subsanaciones requeridas en su caso
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y firmar el Anexo II de solicitud
- 2Presentar la solicitud con la documentación exigida en la Base 10ª a través de la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora
- 3Subsanar, en su caso, las faltas o aportar los documentos preceptivos requeridos por el órgano competente según la Base 11ª
- 4Esperar la propuesta de resolución provisional publicada en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal
- 5En su caso, presentar alegaciones y/o subsanar defectos de la cuenta justificativa durante el trámite de audiencia
- 6Recibir la resolución definitiva mediante publicación en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal
Dónde: Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora (https://guiadeisora.sedelectronica.es/)
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