2º ANUNCIO CONCESIÓN SUBVENCIONES A EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE GUÍA DE ISORA PARA ATENUAR EL IMPACTO ECONÓMICO COVID-19
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Descripción
Subvenciones en régimen de concesión directa otorgadas por el Ayuntamiento de Guía de Isora a empresas del municipio para atenuar el impacto económico del Covid-19, con cuantías de hasta 1.000 € para actividades afectadas por el cierre de establecimientos (RD 465/2020) y hasta 800 € para aquellas con caída de rendimiento neto del 50% al 60% respecto al semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica, con o sin trabajadores a su cargo, con actividad empresarial en el municipio de Guía de Isora
- Haber visto afectada la actividad por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo (cuantía de 1.000 €), o no haber sido afectada por dicho cierre pero acreditar un rendimiento neto (ingresos y gastos deducibles fiscalmente) del 50% al 60% respecto a la media del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma (cuantía de 800 €)
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias Estatales y Autonómicas
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones con el Ayuntamiento de Guía de Isora
- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo (Anexo II)
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la Base 7ª
- Cuenta justificativa del gasto subvencionable (Base 9ª)
- Documentación preceptiva detallada en la Base 10ª
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, Seguridad Social y Ayuntamiento de Guía de Isora
- Declaración responsable
- Documentación de subsanación en caso de requerimiento (Base 11ª)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y firmar la solicitud conforme al Anexo II
- 2Reunir la documentación preceptiva exigida en las Bases 9ª y 10ª
- 3Presentar la solicitud y la documentación en la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora o a través de la sede electrónica https://guiadeisora.sedelectronica.es
- 4Subsanar, en su caso, los defectos o falta de documentos requeridos por el órgano competente (Base 11ª)
- 5Esperar la resolución definitiva emitida por la Concejalía de Promoción Económica y la Intervención
- 6Recibir la notificación mediante publicación en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento y en la web municipal www.guiadeisora.org
Dónde: Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora / Sede electrónica https://guiadeisora.sedelectronica.es
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