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Ayuntamiento de Guía de Isora

NOTIFICACIÓN – ANUNCIO CONCESION

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Descripción

Ayudas directas, en régimen de concesión directa, destinadas a personas físicas y jurídicas con o sin trabajadores a su cargo cuya actividad económica en Guía de Isora se haya visto afectada por el COVID-19. La cuantía máxima es de 1.000 € para negocios afectados por el cierre de establecimientos del RD 465/2020, y de 800 € para aquellos no afectados por el cierre cuyo rendimiento neto haya caído entre el 50% y el 60% respecto al semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica con o sin trabajadores a su cargo, cuya actividad se desarrolle en el municipio de Guía de Isora
  • Haber visto afectada su actividad por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo, que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, o bien haber reducido su rendimiento neto (ingresos y gastos deducibles fiscalmente) entre el 50% y el 60% respecto a la media del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma
  • Cumplir los requisitos establecidos en la Base 7ª de las normas reguladoras
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias Estatales y Autonómicas, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Guía de Isora
  • No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro

Documentación necesaria

  • Anexo II (solicitud)
  • Documentación preceptiva detallada en la Base 10ª de las normas reguladoras
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Guía de Isora
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
  • Cuenta justificativa del gasto subvencionable realizado

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el Anexo II de solicitud
  2. 2Reunir la documentación requerida en la Base 10ª de las normas reguladoras
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación a través de la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora (https://guiadeisora.sedelectronica.es/)
  4. 4Esperar la propuesta de resolución provisional notificada mediante publicación en el Tablón de Edictos Electrónico y en la página web municipal
  5. 5En su caso, presentar alegaciones y/o subsanar defectos en el trámite de audiencia concedido
  6. 6Recibir la resolución definitiva de concesión

Dónde: Oficina Auxiliar de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Guía de Isora — sede electrónica https://guiadeisora.sedelectronica.es/

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Fuente oficial https://www.guiadeisora.org/corp/wp-content/uploads/2020/05/NOTIFICACIÓN-ANUNCIO-CONCESION.pdfDatos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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