Subvención dirigida a asociaciones y/o personas jurídicas o físicas que fomenten la igualdad de mujeres y hombres en Astigarraga. Bases y convocatoria.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dotadas con 4.000 € en total, destinadas a asociaciones, personas jurídicas sin ánimo de lucro o personas físicas que desarrollen en Astigarraga programas, proyectos o actividades de fomento de la igualdad de mujeres y hombres, así como de empoderamiento femenino y prevención de la violencia machista, a ejecutar durante el año 2026.
Requisitos
- Personas físicas que realicen actividades de promoción de la igualdad de mujeres, chicas jóvenes, niñas y hombres, chicos jóvenes y niños en el municipio de Astigarraga y/o estén empadronadas en Astigarraga
- Asociaciones y/o personas jurídicas sin ánimo de lucro con sede o representación permanente en Astigarraga que realicen actividades de promoción de la igualdad
- No estar incursas en las causas de exclusión previstas en el artículo 12 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones
- Las actividades/proyectos subvencionados deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Los gastos indirectos no podrán superar el 10 % del total del proyecto presentado
- No se subvencionarán en ningún caso los gastos de personal de la entidad solicitante
- La subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no haya sobrefinanciación
Documentación necesaria
- Instancias normalizadas E093 (Hoja de solicitud) y E097 (Documento que indica el grado de cumplimiento de los criterios lingüísticos), descargables en www.astigarraga.eus
- Documentación exigida en el artículo 15 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones
- Copia del Código de Identificación Fiscal (si la solicitante es persona jurídica) o copia del DNI (si es persona física)
- Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias de la Hacienda Foral, solo si se ejerce el derecho de oposición
- Certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social, solo si se ejerce el derecho de oposición
- Para entidades: documento acreditativo de inscripción en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, solo si se ejerce el derecho de oposición
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente abierta por la entidad o persona solicitante
- Plan de Igualdad, si lo tuviere
Cómo solicitar
- 1Descargar y cumplimentar las instancias normalizadas E093 y E097 desde la web www.astigarraga.eus
- 2Reunir la documentación requerida (DNI/NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda Foral y Seguridad Social, certificado de inscripción registral, certificado de titularidad bancaria, Plan de Igualdad si procede)
- 3Autorizar al Ayuntamiento la comprobación de datos a través del nodo NISAE, o en su defecto, aportar los certificados correspondientes
- 4Presentar la solicitud y la documentación conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones
- 5Subsanar en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles si la solicitud no reúne los requisitos exigidos
- 6Esperar la resolución: las subvenciones de importe superior a 3.000 € se resuelven por la Junta de Gobierno Local y el resto por Decreto del Alcalde
- 7Si en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación no se renuncia por escrito, se entenderá aceptada la subvención
Dónde: Registro del Ayuntamiento de Astigarraga (sede electrónica o presencial conforme al artículo 17 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones) - www.astigarraga.eus
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