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AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA

Bases y convocatoria para la concesión de ayudas al transporte para estudiantes jóvenes desplazados fuera del municipio de Guardamar del Segura, curso 2025-2026.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a sufragar gastos de transporte de estudiantes empadronados en Guardamar del Segura que cursen enseñanzas regladas oficiales fuera del municipio durante el curso 2025/2026. El importe base por beneficiario oscila entre 50 € y 180 € en función de la renta per cápita respecto al IPREM, con suplementos adicionales de hasta 60 € por distancia, 15 € por condiciones familiares especiales (familia numerosa, monoparental, discapacidad) y 30 € por situación de riesgo o exclusión social. El presupuesto total de la convocatoria es de 29.560 €.

Requisitos

  • Estar empadronado y residir en Guardamar del Segura al menos un año natural antes de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia
  • Tener 30 años o menos en el momento de solicitar la subvención
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Guardamar del Segura
  • Estar matriculado durante el curso 2025/2026 en un centro oficial, público o privado, que imparta enseñanzas regladas (universitarias o no universitarias) fuera del término municipal
  • Que las enseñanzas cursadas no se encuentren dentro de la oferta educativa de los centros docentes de Guardamar del Segura
  • Rellenar, firmar y presentar correctamente los Anexos I, II, III, IV y V
  • Todos los miembros de la unidad familiar deben cumplimentar y firmar el Anexo IV (autorización de consulta de renta)

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI o NIE del solicitante
  • Declaración responsable cumplimentada y firmada (Anexo II)
  • Certificado de titularidad bancaria del solicitante o documento de Alta a Terceros (Anexo III), salvo que ya se hubiera presentado en convocatorias anteriores y siga vigente
  • Certificado de notas del curso 2025/2026 o certificado del centro docente que acredite la matriculación y la asistencia del solicitante durante el curso 2025/2026
  • Modelo de autorización de consulta de los niveles de renta de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años (Anexo IV)
  • Consentimiento para recabar datos de la Seguridad Social firmado por el solicitante (Anexo V)
  • Título de Familia Numerosa, en su caso
  • Certificado de discapacidad emitido por el órgano competente, en su caso
  • Título de Familia Monoparental, en su caso
  • Informe de la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Guardamar del Segura para familias en situación de riesgo o exclusión social, en su caso

Cómo solicitar

  1. 1Revisar previamente la solicitud con el equipo de la Concejalía de Juventud para facilitar su correcta cumplimentación
  2. 2Cumplimentar y firmar el impreso de solicitud (Anexo I) y el resto de anexos (II, III, IV y V)
  3. 3Reunir la documentación obligatoria y, en su caso, la acreditativa de condiciones especiales
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guardamar del Segura (https://guardamardelsegura.sedelectronica.es/) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
  5. 5Esperar la fase de subsanación: si se requieren subsanaciones, se notificará al solicitante concediendo un plazo de diez días hábiles
  6. 6Consultar la resolución provisional publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica y, en su caso, presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles
  7. 7Consultar la resolución definitiva, que se publicará igualmente en el tablón de anuncios de la sede electrónica

Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guardamar del Segura (https://guardamardelsegura.sedelectronica.es/) o cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/918057Datos extraídos el 10 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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