Resolución de 09/07/2026, de la Vicepresidencia del IMSS del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convocan ayudas para el Programa de Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en el término municipal de Badajoz.
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Descripción
Ayudas económicas directas para cuidadores no profesionales que atienden de forma continuada a personas con discapacidad y/o dependencia en Badajoz, financiando servicios de acompañamiento domiciliario, asistencia en establecimientos no sociosanitarios y estancias temporales en centros sociosanitarios, con una dotación total de 182.273,05 € para el ejercicio 2026.
Requisitos
- Ser persona cuidadora habitual no profesional que atiende de forma continuada a una o más personas dependientes o con discapacidad
- Que la persona atendida tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33% y un grado de dependencia I, II o III, sin plaza pública residencial ni prestación económica vinculada
- O bien que la persona atendida tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 75% aunque no tenga grado de dependencia reconocido, sin plaza pública residencial ni prestación económica vinculada
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Badajoz o sus entes dependientes
- Estar empadronado/a en el término municipal de Badajoz
- Acreditar la condición ante los Servicios Sociales de Atención Social Básica del IMSS
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda
- Documentación acreditativa de la condición de persona cuidadora habitual no profesional
- Resolución de reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33% o al 75% de la persona atendida
- Resolución de reconocimiento de grado de dependencia I, II o III (cuando proceda)
- Justificación de no disponer de plaza pública residencial ni prestación económica vinculada
- Facturas y justificantes de los gastos de los servicios financiados realizados entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Certificado de no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Badajoz
- Informe de los profesionales de Trabajo Social de los Servicios Sociales de Atención Básica (para personas con discapacidad ≥75% sin dependencia reconocida)
Cómo solicitar
- 1Acudir a los Servicios Sociales de Atención Social Básica del Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz
- 2Acreditar la condición de persona cuidadora habitual no profesional y el cumplimiento de los requisitos de la persona atendida
- 3Obtener la propuesta de prestación del servicio de respiro familiar por parte de los Servicios Sociales
- 4Presentar la solicitud en el Registro del IMSS junto con la documentación requerida
- 5Las solicitudes se resolverán por riguroso orden de entrada en el Registro, hasta agotar el crédito disponible
- 6Justificar los gastos realizados entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
- 7Contratación de los servicios con centros o profesionales que cumplan las titulaciones y acreditaciones exigidas
Dónde: Registro del Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS) de Badajoz - C/ San Lorenzo, 25, 06002 Badajoz
Pregunta sobre esta ayuda
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