Convocatoria de cesión de uso temporal de vivienda destinada a cubrir necesidades de emergencia habitacional 2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Reglamento municipal que regula la cesión temporal de una vivienda de emergencia residencial (42,30 m², capacidad máxima para 2 personas) de titularidad del Ayuntamiento de Silla, destinada a personas o unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad o emergencia habitacional sobrevenida. La cesión de uso es por un periodo inicial de 6 meses, prorrogable hasta un máximo de 18 meses, y gratuita en cuanto al alojamiento, si bien el adjudicatario asume los gastos de suministros.
Requisitos
- Estar empadronados y residir efectivamente en el municipio de Silla todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, con una antigüedad mínima de dos años continuados en el momento de la solicitud
- Ser mayor de edad o menor emancipada y no tener modificada la capacidad legal por resolución judicial
- Disponer de DNI, CUE (Certificado de registro de ciudadano de la UE) o TIE en vigor, o en su caso resolución favorable de concesión de estancia, residencia y/o trabajo en España
- En caso de no tener nacionalidad española ni de un país de la UE, acreditar estar en posesión del permiso de residencia en vigor
- La unidad familiar no podrá estar formada por más de 2 personas (pareja, adulto con hijo/a, o adulto con necesidades especiales y su familiar/cuidador)
- No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional (tampoco al 50% por herencia)
- No haber renunciado a otra vivienda pública adjudicada con anterioridad (salvo barreras arquitectónicas)
- Acreditar necesidad de recurso residencial por: lanzamiento judicial en los 6 meses anteriores o fecha señalada, violencia de género o doméstica acreditada, siniestro que haya dejado la vivienda inhabitable, o falta de alojamiento adecuado por causas sobrevenidas (incendio, derrumbe, conflictos sociofamiliares)
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica: renta conjunta anual de la unidad familiar no superior a 1,5 veces el IPREM anual en 14 pagas
Documentación necesaria
- DNI/NIE de las personas integrantes de la unidad familiar o de convivencia
- Libro de familia, si procede
- Certificado de empadronamiento que acredite antigüedad de residencia en el municipio e integrantes de la unidad de convivencia
- Tres últimas nóminas de los miembros de la unidad de convivencia en activo
- Certificado de vida laboral de los miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de titularidad expedido por el Registro de la Propiedad respecto de los integrantes de la unidad familiar
- En casos de violencia de género: resolución judicial o informe del órgano competente (Centro Mujer 24h)
- Informe social o documentación acreditativa de la situación de emergencia residencial sobrevenida
Cómo solicitar
- 1Publicación de convocatoria en el BOP de Valencia y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento (plazo abierto de dos meses para presentar solicitudes)
- 2Presentar la solicitud junto con la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Silla (o en las formas previstas en el art. 66 de la Ley 39/2015)
- 3Instrucción del procedimiento por personal técnico de Servicios Sociales, que podrá requerir aclaraciones o documentación adicional (plazo de subsanación de 10 días)
- 4Evaluación por la Comisión Técnica de Prestaciones, que se reunirá en el plazo de 15 días desde que la vivienda quede disponible
- 5Propuesta de resolución del órgano instructor de Servicios Sociales elevada a la Alcaldía
- 6Resolución de Alcaldía concediendo o denegando la cesión (plazo máximo de 3 meses desde el informe de la Comisión Técnica)
- 7Notificación de la resolución a la persona solicitante
- 8Firma del contrato de cesión de uso temporal en el plazo de 10 días desde la notificación
- 9Toma de posesión de la vivienda en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la firma del contrato
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Silla (o en las formas previstas en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común)
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.
Descargar la appAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.