Convenio Ayto de Lardero. Financiación gastos personal
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser entidad local titular de los Servicios Sociales de Primer Nivel, preferentemente municipios menores de 20.000 habitantes
- El personal financiado debe tener carácter exclusivamente funcionarial o laboral, no admitiéndose personal con contratos mercantiles
- La selección del personal se realizará mediante convocatoria pública conforme al artículo 242 y siguientes de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja
- El personal deberá dedicarse exclusivamente a los servicios específicos contemplados en el convenio
- En ausencia de convenio colectivo propio, el ayuntamiento debe aplicar el régimen retributivo del Convenio Colectivo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja
- El personal debe presentar acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales (art. 8.4 Ley 45/2015)
- Cumplimiento de los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
- En caso de ausencia del personal, el ayuntamiento debe cubrir el servicio en un plazo máximo de 30 días
- Cumplimiento de la Política de Seguridad del Gobierno de La Rioja (Decreto 25/2025) y de la normativa de protección de datos personales
Documentación necesaria
- Anexo I: Relación del personal de la plantilla objeto del convenio con estimación de costes
- Anexo II: Declaración responsable de que todo el personal (incluido el voluntario) cumple el artículo 8.4 de la Ley 45/2015 y los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica 8/2021 (acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales)
- Anexo III: Logotipo identificativo de la Red Básica de Servicios Sociales de Primer Nivel del Gobierno de La Rioja
- Certificado de acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales para todo el personal que realiza las actividades
- Resolución de aprobación del convenio por la Consejera de Salud y Políticas Sociales
Cómo solicitar
- 1Aprobación del texto del convenio mediante Resolución de 28 de mayo de 2026 de la Consejera de Salud y Políticas Sociales, al amparo de la delegación del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023
- 2Autorización de la firma por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lardero de fecha 27 de mayo de 2026
- 3Firma del convenio entre la Consejera de Salud y Políticas Sociales y la Alcaldesa del Ayuntamiento de Lardero
- 4Selección del personal mediante convocatoria pública conforme a la Ley 1/2003, con participación de la dirección de los Centros de Coordinación de Servicios Sociales Comunitarios
- 5Presentación ante la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad de la declaración responsable (Anexo II) sobre el cumplimiento de la normativa de protección a la infancia
- 6Publicación del convenio en aplicación de la Ley 3/2014 de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja y de la Ley 19/2013
- 7Para nuevas incorporaciones o modificaciones de plantilla, suscripción de la correspondiente adenda al convenio
Dónde: Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad (órgano ante el que se presenta la declaración responsable del Anexo II)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912480Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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