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CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES

Convenio Ayto de Lardero. Financiación gastos personal

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser entidad local titular de los Servicios Sociales de Primer Nivel, preferentemente municipios menores de 20.000 habitantes
  • El personal financiado debe tener carácter exclusivamente funcionarial o laboral, no admitiéndose personal con contratos mercantiles
  • La selección del personal se realizará mediante convocatoria pública conforme al artículo 242 y siguientes de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja
  • El personal deberá dedicarse exclusivamente a los servicios específicos contemplados en el convenio
  • En ausencia de convenio colectivo propio, el ayuntamiento debe aplicar el régimen retributivo del Convenio Colectivo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja
  • El personal debe presentar acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales (art. 8.4 Ley 45/2015)
  • Cumplimiento de los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
  • En caso de ausencia del personal, el ayuntamiento debe cubrir el servicio en un plazo máximo de 30 días
  • Cumplimiento de la Política de Seguridad del Gobierno de La Rioja (Decreto 25/2025) y de la normativa de protección de datos personales

Documentación necesaria

  • Anexo I: Relación del personal de la plantilla objeto del convenio con estimación de costes
  • Anexo II: Declaración responsable de que todo el personal (incluido el voluntario) cumple el artículo 8.4 de la Ley 45/2015 y los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica 8/2021 (acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales)
  • Anexo III: Logotipo identificativo de la Red Básica de Servicios Sociales de Primer Nivel del Gobierno de La Rioja
  • Certificado de acreditación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales para todo el personal que realiza las actividades
  • Resolución de aprobación del convenio por la Consejera de Salud y Políticas Sociales

Cómo solicitar

  1. 1Aprobación del texto del convenio mediante Resolución de 28 de mayo de 2026 de la Consejera de Salud y Políticas Sociales, al amparo de la delegación del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023
  2. 2Autorización de la firma por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lardero de fecha 27 de mayo de 2026
  3. 3Firma del convenio entre la Consejera de Salud y Políticas Sociales y la Alcaldesa del Ayuntamiento de Lardero
  4. 4Selección del personal mediante convocatoria pública conforme a la Ley 1/2003, con participación de la dirección de los Centros de Coordinación de Servicios Sociales Comunitarios
  5. 5Presentación ante la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad de la declaración responsable (Anexo II) sobre el cumplimiento de la normativa de protección a la infancia
  6. 6Publicación del convenio en aplicación de la Ley 3/2014 de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja y de la Ley 19/2013
  7. 7Para nuevas incorporaciones o modificaciones de plantilla, suscripción de la correspondiente adenda al convenio

Dónde: Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad (órgano ante el que se presenta la declaración responsable del Anexo II)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912480Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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