Ingreso Mínimo Vital (IMV)
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Descripción
Prestación económica mensual destinada a garantizar un nivel mínimo de renta a las personas y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica. La cuantía varía según la composición de la unidad de convivencia, oscilando entre 462 € mensuales para un adulto y 1.015,3 € para unidades con tres o más adultos o con varios menores, abonándose mediante transferencia bancaria.
Requisitos
- Tener plena capacidad de obrar
- Tener entre 23 y 65 años (salvo excepciones como mujeres víctimas de violencia de género o trata de seres humanos)
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica: que el promedio mensual de ingresos y rentas computables del ejercicio anterior sea inferior a 10 euros respecto a la cuantía de la renta garantizada
- No superar los umbrales de patrimonio establecidos según el tipo de unidad de convivencia (excluida la vivienda habitual)
- Haber vivido de forma independiente durante al menos los 3 años anteriores a la solicitud, en el caso de beneficiarios individuales
- Para el beneficiario individual: no estar casado (salvo trámites de separación/divorcio), no formar pareja de hecho ni parte de otra unidad de convivencia
- Estar inscrito en el registro central de extranjeros o tener la documentación correspondiente (nacionales UE/EEE/Suiza u otras nacionalidades)
- Encontrarse constituido en una unidad de convivencia con al menos un año de antelación a la solicitud (con excepciones por violencia de género o separación)
- No ser administrador de derecho de una sociedad mercantil (causa de exclusión)
- No percibir la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, cuando exista identidad de causantes o beneficiarios
Documentación necesaria
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante
- Para menores de 14 años sin DNI: libro de familia o certificado literal de nacimiento
- Para ciudadanos extranjeros: documento de identidad del país de origen o pasaporte
- Inscripción en el registro central de extranjeros (nacionales UE/EEE/Suiza)
- Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o autorización de residencia (para extranjeros de otra nacionalidad)
- Certificado de empadronamiento
- Libro de familia, certificado del registro civil, inscripción en un registro de parejas de hecho y certificado de empadronamiento en la misma vivienda
- Certificado de la administración competente sobre los requisitos, o acceso electrónico del INSS
- Declaración de ingresos y patrimonio
- Documentos relativos a datos del solicitante y de los integrantes de la unidad de convivencia
- Anexo adicional si los miembros de la unidad de convivencia son superiores a seis
Cómo solicitar
- 1Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social: https://sede.seg-social.gob.es
- 2Cumplimentar el formulario de solicitud disponible en la web del INSS (datos del solicitante, personas de la unidad de convivencia, declaración de ingresos y patrimonio)
- 3Identificarse mediante certificado electrónico, usuario + contraseña, o sin certificado/contraseña (acceso con Cl@ve)
- 4Adjuntar la documentación requerida a través de los servicios web del INSS (opción más recomendable por la situación sanitaria)
- 5Si no es posible la vía telemática, presentar presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, si la situación sanitaria lo permite
- 6Alternativamente, presentar la solicitud mediante correo postal
- 7Esperar la resolución, cuyo plazo máximo es de tres meses desde la fecha de presentación (silencio administrativo negativo si no hay resolución expresa)
Dónde: Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es); presencialmente en Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa; o mediante correo postal
Pregunta sobre esta ayuda
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