Ayudalíza
D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS

Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

Importe5000.00–200.000.000 €
Plazo de solicitudHasta 20 dic 2027
Estadoabierta

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Descripción

Conjunto de medidas urgentes (ayudas directas, anticipos, beneficios fiscales y avales) para compensar los daños personales, materiales y económicos causados por las borrascas 'Leonardo' y 'Marta' y otros fenómenos meteorológicos adversos acontecidos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, en municipios de Andalucía y Extremadura declarados zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

Requisitos

  • Que el Consejo de Ministros haya declarado el municipio o zona como 'afectada gravemente por una emergencia de protección civil' a propuesta de la Comisión de Evaluación de las Delegaciones del Gobierno en Andalucía y Extremadura
  • Para autónomos y empresas: desarrollar la actividad económica en zonas de municipios de Andalucía o Extremadura con fuerte incidencia de temporales que hayan provocado desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves
  • Para explotaciones agrarias: tener la explotación localizada en términos municipales de Andalucía o Extremadura con siniestralidad especialmente grave por las borrascas
  • Para agricultores con daños cubiertos: haber contratado el seguro agrario combinado en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados
  • Para entidades locales: que la obra afecte a infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal o provincial dañados por la catástrofe
  • Existencia de una situación financiera que ponga en riesgo la capacidad de la entidad local para hacer frente a la reconstrucción, o que se haya producido evacuación

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del solicitante
  • Para autónomos y empresas: formulario electrónico en la Sede electrónica de la AEAT indicando la cuenta bancaria para el abono de la ayuda
  • Para explotaciones agrarias: peritaciones realizadas por Agroseguro tras el siniestro
  • Póliza del seguro agrario combinado en vigor
  • Para entidades locales: declaración responsable suscrita por el representante legal de la corporación local
  • Acreditación de los daños personales, materiales o en infraestructuras sufridos

Cómo solicitar

  1. 1Esperar a la determinación de los municipios o zonas afectadas por la Comisión de Evaluación de las Delegaciones del Gobierno en Andalucía y Extremadura (plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del real decreto-ley)
  2. 2Cumplimentar la declaración responsable correspondiente al tipo de ayuda solicitada (daños personales, vivienda, establecimientos, agraria, pesquera, autónomos/empresas o entidad local)
  3. 3Solicitar, en su caso, un anticipo a cuenta de hasta el 50% del importe máximo de la ayuda (hasta el 100% en el caso de entidades locales) mediante declaración responsable
  4. 4Para autónomos y empresas: acceder a la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y presentar el formulario electrónico con los datos y cuenta bancaria antes del 30 de junio de 2026
  5. 5Presentar la solicitud y la documentación requerida ante el órgano competente según la línea de ayuda (Ministerio del Interior, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, AEAT, etc.)
  6. 6Recibir la resolución y, en su caso, el abono de la ayuda una vez verificados los requisitos

Dónde: Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para las ayudas directas a autónomos y empresas; órganos competentes del Ministerio del Interior, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para el resto de líneas de ayuda

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/916736Datos extraídos el 3 jul 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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