Resolución de alcaldía 2026-0045 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para los estudios musicales durante el curso 2025-2026
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Descripción
Convocatoria de ayudas económicas del Ayuntamiento de Úcar destinadas a financiar el 50% del coste de los estudios musicales impartidos en Escuelas de Música Públicas durante el curso 2025-2026, dirigidas a menores de 18 años empadronados en el municipio, con un crédito presupuestario total de 500,00 euros.
Requisitos
- Estar empadronado en el municipio de Úcar a fecha 1 de enero de 2025 y continuar empadronado hasta la finalización del curso 2025-2026
- Ser menor de 18 años a 31 de diciembre de 2026
- Estar matriculado en una Escuela de Música pública durante todo el curso 2025-2026
- Acreditar una asistencia mínima del 75% de las sesiones
- No haber sido sancionado por las infracciones del Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No percibir ayudas de otras administraciones u organismos con finalidad similar, o que las ayudas percibidas no superen el coste de la actividad subvencionada
- La solicitud debe ser presentada por quien ostente la patria potestad o tutela legal del menor, debiendo estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Úcar
Documentación necesaria
- Instancia cumplimentada según modelo oficial (anexo I)
- Justificante de la matrícula expedido por el centro de estudios para el curso 2025-2026
- Justificante de pago de la matrícula y cuotas correspondientes en la Escuela de Música
- Certificado de asistencia emitido por la Escuela de Música, acreditando al menos el 75% de asistencia (salvo causas debidamente justificadas)
- Certificado o justificante bancario del número de cuenta corriente de la persona solicitante, o fotocopia de la primera hoja de la cartilla (la persona solicitante debe ser titular o cotitular)
- Declaración responsable de no haber obtenido ayudas de otras administraciones u organismos, o indicación de la cuantía obtenida, declarando que aisladamente o en concurrencia no supera el coste de la actividad subvencionada
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia según el modelo oficial recogido en el anexo I
- 2Reunir toda la documentación requerida
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Úcar, a través de la sede electrónica (https://ucar.sedelectronica.es), presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Si la solicitud no reuniese los requisitos, se requerirá al interesado para que la subsane en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, transcurrido el cual se le tendrá por desistido
- 5Esperar la resolución de la Alcaldía tras la instrucción del procedimiento por la Secretaría del Ayuntamiento
- 6Recibir el abono de la ayuda en la cuenta bancaria indicada en el plazo máximo de un mes desde la resolución definitiva
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Úcar - Sede electrónica: https://ucar.sedelectronica.es o presencialmente en horario de atención al público, o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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