Ayudalíza
AGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL (AGADER)

Resolución pola que se aproban as bases reguladoras dos premios ao desenvolvemento rural de Galicia e se convoca a décimo sétima edición (Código do procedemento ).

Importe1000.00–2000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jul 2026
Estadoabierta

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Descripción

Concurrencia competitiva de premios para reconocer y dar difusión a iniciativas que contribuyan de forma singular a promocionar el medio rural gallego y a generar una sociedad rural más dinámica y cohesionada, con seis categorías (Juventud, Interés social, sector agro-ganadero, mujeres, innovación tecnológica y recuperación de tierra agraria). Cada categoría concede un primer premio de 10.000 €, un segundo de 3.000 € y un tercero de 1.000 €, dirigidos a personas físicas o jurídicas privadas titulares de iniciativas localizadas en el territorio de Galicia y ya ejecutadas.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica de naturaleza privada titular de la iniciativa presentada
  • La iniciativa debe localizarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
  • La iniciativa debe estar ejecutada con carácter previo a la fecha de publicación de la convocatoria (no en fase de diseño o ejecución)
  • No haber obtenido premio en ediciones anteriores de los premios al desarrollo rural de Galicia, de los premios Agader a las iniciativas de desarrollo rural o del premio Agader al embellecimiento del medio rural
  • No pertenecer a los sectores de pesca y acuicultura
  • No estar relacionada con la exportación a terceros países o a Estados miembros
  • No ser entidad colaboradora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural
  • Cada iniciativa solo puede presentarse a una categoría
  • En la categoría Juventud, las personas físicas no deben tener más de 40 años, o al menos el 50% de los miembros de la persona jurídica deben cumplir ese requisito
  • Cumplir los límites de ayudas de minimis establecidos en los Reglamentos (UE) 2023/2831 y 1408/2013

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo normalizado (anexo I) con datos de la persona solicitante y descripción de la iniciativa (máximo 3.000 caracteres)
  • Si la persona candidata es persona jurídica: poder suficiente de la persona representante y documento que acredite la constitución de la entidad (certificado del Registro Mercantil u otros registros públicos, o copia de las escrituras de constitución registradas), así como modificaciones posteriores
  • Si la persona candidata es empresario/a individual: documentación que justifique la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social
  • Anexo II firmado por la persona solicitante y la designada como representante (en caso de autorizar representación)
  • Cualquier otra documentación complementaria que la persona/entidad promotora considere relevante (publicaciones, fotografías, documentos gráficos, máximo 5 hojas por ambos lados)
  • Declaración de las ayudas de minimis solicitadas o concedidas durante los tres años anteriores al fin del plazo de presentación de solicitudes

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
  2. 2Identificarse mediante cualquiera de los mecanismos admitidos por la sede electrónica, incluido el sistema Chave365
  3. 3Adjuntar la documentación complementaria indicada en el artículo 11 de la convocatoria
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (obligatorio para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, autónomos, universitarios, representantes y empleados de Administraciones públicas)
  5. 5Las personas no obligadas a la presentación electrónica pueden presentar la solicitud presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa de procedimiento administrativo común
  6. 6Si la persona interesada se opone a la consulta automática de datos, indicarlo en el formulario y aportar los documentos correspondientes (DNI/NIE, NIF, certificados de AEAT, Seguridad Social, deudas con la Administración autonómica, alta en IAE, inhabilitaciones, consulta de minimis)
  7. 7Esperar la resolución, que se dictará en el plazo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes (silencio administrativo desestimatorio)

Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) - procedimiento MR709A; presencialmente, en los lugares y registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común, para personas no obligadas a la presentación electrónica

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912492Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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